Marco legal Que la ley Orgánica de Discapacidades (LOD9), establece en su artículo 28 que la autoridad educativa nacional implementará las medidas pertinentes , para promover la inclusión de estudiantes con necesidades educativas especiales que requieran apoyos técnico-tecnológicos y humanos, tales como personal especializado, temporal o permanente y/o adaptaciones curriculares y de accesibilidad física, comunicacional y espacios de aprendizaje, en un establecimiento de educación escolarizada