La ruta más pertinente sería: negociación directa → mediación comunitaria con participación de la JAC y los vecinos → conciliación en derecho ante un centro de conciliación, personería, notaría o entidad habilitada. El acuerdo debería regular la administración transitoria del inmueble, rendición de cuentas, pago o compensación de cánones, adecuaciones de seguridad y una operación empresarial compatible con la convivencia. Si continúa el ruido o se desconocen las reglas de convivencia, el asunto también puede requerir intervención de la autoridad competente, pues esa dimensión no depende exclusivamente de la voluntad de las partes.