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Principios que rigen los procesos orales en México, BIBLIOGRAFIA, Elaboró:…
Principios que rigen los procesos orales en México
se aplican en materia
CIVIL
Oralidad: Los argumentos se exponen de viva voz durante las audiencias.
Inmediación: El juzgador mantiene contacto directo con las partes y las pruebas.
Contradicción: Cada parte puede cuestionar lo presentado por la otra.
Igualdad procesal: Se garantizan oportunidades para intervenir y defender una postura.
Concentración y continuidad: Se reúnen actuaciones y se evitan interrupciones injustificadas.
Publicidad Las audiencias son públicas, con las restricciones legales.
se aplican en materia
MERCANTIL
Oralidad: Las intervenciones en audiencia se realizan verbalmente.
Inmediación: El juez dirige y presencia el desarrollo de la audiencia.
Contradicción: Ambas partes pueden debatir argumentos y pruebas.
Igualdad: Las partes cuentan con oportunidades para sostener sus pretensiones.
Concentración: Se agrupan actuaciones para organizar el procedimiento.
Continuidad: La audiencia sigue su curso, salvo las excepciones legales.
Publicidad: El público puede presenciar las audiencias conforme a la ley.
se aplican en materia
FAMILIAR
Oralidad e inmediación: Las partes son escuchadas directamente durante la audiencia.
Contradicción e igualdad procesal: Se permite debatir y ejercer los derechos procesales.
Interés superior de la niñez Las decisiones deben dar prioridad a los derechos de niñas, niños y adolescentes.
Privacidad: El acceso a las audiencias queda reservado conforme a la ley.
Colaboración: Se favorecen acuerdos cuando son legalmente posibles y no existe violencia.
Perspectiva de género: Se identifican desigualdades para evitar decisiones discriminatorias.
se aplican en materia
PENAL
Oralidad: La acusación y la defensa se desarrollan mediante intervenciones orales.
Publicidad: Las audiencias pueden ser observadas, salvo las excepciones legales.
Contradicción: Las partes pueden confrontar pruebas, peticiones y argumentos.
Inmediación: El órgano judicial presencia la audiencia y examina directamente las pruebas.
Concentración y continuidad: El debate se desarrolla de manera organizada y sucesiva.
Igualdad: Se garantizan oportunidades para sostener la acusación o la defensa.
Presunción de inocencia: La persona debe ser tratada como inocente mientras no exista sentencia que declare su responsabilidad.
BIBLIOGRAFIA
Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (2026). Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CNPCF.pdf
Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (2025). Código de Comercio.
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CCom.pdf
Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (2025). Código Nacional de Procedimientos Penales.
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CNPP.pdf
Elaboró: Suemi Mireya Maldonado Mejia