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Regulación del recurso de revocación, Maria Sancy Hernández Colorado -…
Regulación del recurso de revocación
¿Qué es?
Medio ordinario y optativo de defensa jurídica frente a actos definitivos de las autoridades fiscales federales.
Generalidades
Su fundamento está en los arts. 116-128 CFF
Art. 120 CFF
El afectado no está forzado a agotarlo y tiene la opción de interponerlo o acudir directo al JCA ante el TFJA.
Plazo
Art. 121 CFF
30 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a aquel en que surta efectos la notificación del acto controvertido.
Presentación obligatoria por medios aprobados o a través del Buzón Tributario.
Procedencia Art. 117 CFF
Resoluciones definitivas
Las que determinen contribuciones, accesorios o aprovechamientos.
Negativas a la devolución de cantidades solicitadas conforme a la ley.
Resoluciones definitivas en agravio de materia fiscal.
Resoluciones definitivas dictadas por autoridad aduanera.
Actos de autoridades fiscales federales
Cobro indebido, créditos legalmente extinguidos o montos superiores a los exigibles.
Actos de embargo o enajenación de bienes.
Afectación al interés jurídico de un tercero.
Requisitos formales
Escrito de recurso Arts. 122 y 123 CFF
Anexos digitales
Personalidad jurídica, documento que contiene el acto, constancia de notificación (o manifestación bajo protesta en negativa ficta o falta de entrega) y dictámenes/documentales.
Debe satisfacer lo establecido en el Art. 18 CFF.
Señalar la resolución o acto impugnado.
Agravios causados por la resolución o el acto impugnado.
Las pruebas y hechos controvertidos de que se trate.
Admisión de pruebas Art. 130 CFF
Admisibilidad amplia de elementos de convicción.
Exclusiones expresas
Se prohíbe la confesional de la autoridad mediante posiciones y la prueba testimonial.
Admisión plena de pruebas documentales, periciales contables y pruebas supervenientes.
No ejecución de actos Art. 144 CFF
Su interposición suspende los actos de cobro coactivo hasta la resolución del recurso.
Formas de garantía
Dinero/carta de crédito, fianza de compañía autorizada, prenda o hipoteca, obligación solidaria de fiador calificado, embargo administrativo o títulos valor.
Cuantía legal
Contribuciones actualizadas, accesorios causados y los que se causen durante los 12 meses subsecuentes.
Resolución Arts. 124, 124-A y 133 CFF
Desechamiento o sobreseimiento
Por falta de interés, consentimiento tácito o causas de improcedencia.
Confirmación de validez
Reconocimiento de legalidad del acto.
Nulidad para efectos
Para que la autoridad reponga omisiones o subsane violaciones adjetivas.
Nulidad lisa y llana
Por vicios de fondo insubsanables
Recurso de revocación exclusivo de fondo (oral)
En contra de una resolución de las que se determinan en el ejercicio de las facultades de comprobación fiscal contenidas en el artículo 42, fracción II, III y IX.
Cuando la cuantía sea mayor a doscientas veces la unidad de medida y actualización.
Se entenderá como agravio de fondo aquél que se refiera al sujeto, objeto, base, tasa o tarifa, respecto de las contribuciones revisadas que pretendan controvertir.
SCJN: litis abierta
Procede únicamente cuando la resolución administrativa fue previamente recurrida mediante el recurso ordinario.
Faculta al actor a exponer conceptos de anulación inéditos en juicio, combatiendo simultáneamente tanto el recurso como el acto de origen.
El Código Fiscal de la Federación otorga por excepción al contribuyente el derecho de aportar en el recurso de revocación pruebas que omitió exhibir durante la auditoría o procedimiento de origen.
El recurso de revocación es la última instancia legal para desahogar pruebas omitidas en la revisión fiscal antes de acudir a tribunales.
Si no se exhiben en el recurso de revocación, el derecho probatorio precluye de forma definitiva en el juicio contencioso administrativo.
Maria Sancy Hernández Colorado