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Derecho Humano del Trabajo - Coggle Diagram
Derecho Humano del Trabajo
¿En qué consiste?
Derecho al Trabajo Decente y Digno
Oportunidad de acceder a un empleo productivo que genere un ingreso justo, seguridad en el lugar de trabajo y protección social.
Impulsado por movimientos feministas y de derechos civiles; formalizado en el Convenio 100 de la OIT (1951).
Surge de las luchas obreras tras la Revolución Industrial y la creación de la OIT en 1919 (Tratado de Versalles).
Consolidado con el Convenio 87 de la OIT (1948) tras movilizaciones sociales contra la persecución gremial.
Ministerio del Trabajo, OIT (Comité de Libertad Sindical), Jueces Laborales.
¿Cómo surgió?
Inspectoría del Trabajo, Jueces Laborales y empleadores.
Derecho a la Libertad Sindical
Facultad de los trabajadores de crear o afiliarse voluntariamente a sindicatos para defender sus intereses sin injerencia patronal o estatal.
Derecho a la Negociación Colectiva
Proceso de diálogo entre empleadores y sindicatos para acordar salarios, jornadas y condiciones laborales.
Vinculado al surgimiento del movimiento obrero y formalizado en el Convenio 98 de la OIT (1949).
Vinculado al surgimiento del movimiento obrero y formalizado en el Convenio 98 de la OIT (1949).
Derecho a la Huelga
Suspensión colectiva y pacífica del trabajo como mecanismo legítimo de presión ante desacuerdos laborales.
Nació del movimiento obrero del siglo XIX como la principal herramienta de resistencia trabajadora.
Autoridades administrativas del trabajo, Jueces Laborales, Altas Cortes.
Igualdad de Remuneración y No Discriminación
Mismo salario por trabajo de igual valor, sin distinción de género, raza, religión u orientación.
Impulsado por movimientos feministas y de derechos civiles; formalizado en el Convenio 100 de la OIT (1951).
Impulsado por movimientos feministas y de derechos civiles; formalizado en el Convenio 100 de la OIT (1951).
Sistemas de Protección y Acciones Legales
OIT (Organización Internacional del Trabajo): Establece Convenios y Recomendaciones globales. Protege derechos mediante quejas ante el Comité de Libertad Sindical.
CIDH (Comisión y Corte Interamericana de Derechos Humanos): Mecanismo del Sistema Interamericano para denunciar violaciones sistemáticas o cuando se agota la vía judicial interna en el país.
CP (Constitución Política de Colombia - 1991): Consagra el trabajo como derecho y obligación social (Art. 25), protege la asociación sindical (Art. 39) y el derecho a la huelga (Art. 56).
Mecanismos Constitucionales Directos
Derecho de Petición (Art. 23 CP): Permite solicitar información o pedir la restitución de un derecho violado ante autoridades o empleadores privados (plazo de respuesta: 15 días hábiles).
Derecho de Petición (Art. 23 CP): Permite solicitar información o pedir la restitución de un derecho violado ante autoridades o empleadores privados (plazo de respuesta: 15 días hábiles).