En caso que el Postulante sea una persona jurídica, serán beneficiarios, además del Postulante, las personas jurídicas pertenecientes a su mismo grupo empresarial, sus ejecutivos, trabajadores, asesores y/o mandatarios, actuales
y pasados
Para que la FNE pueda dar cumplimiento a lo establecido en el inciso quinto del artículo 39 bis y a los incisos primero y cuarto del artículo 63, el Postulante debe individualizar a las personas jurídicas y naturales que desee incluir en su solicitud