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Garantías constitucionales - Coggle Diagram
Garantías constitucionales
Seguridad jurídica
Concepto:
Es el derecho de toda persona a que la actuación de las autoridades esté previamente establecida en la ley, sea previsible y no arbitraria
Fundamento constitucional:
Principalmente artículos 14 y 16 de la Constitución mexicana
Principios:
Legalidad, porque la autoridad solo puede actuar conforme a la ley.
Fundamentación, porque debe señalar la norma aplicable.
Motivación, porque debe explicar las razones del acto.
Competencia, porque el acto debe provenir de autoridad facultada.
Debido proceso, porque nadie puede ser afectado sin procedimiento válido.
Irretroactividad
Ejemplos prácticos:
Multa de tránsito debidamente fundada y motivada.
Clausura de negocio solo por autoridad competente.
Sentencia dictada después de haber escuchado a las partes.
Garantía de audiencia
Concepto:
Derecho de toda persona a ser oída y vencida en juicio antes de ser privada de derechos.
Fundamento constitucional:
Artículo 14 constitucional.
Elementos que la integran:
Oportunidad de defensa.
Ofrecimiento y desahogo de pruebas.
Alegatos.
Resolución fundada y motivada emitida por autoridad competente.
Ejemplos prácticos:
• Antes de despedir a un servidor público con procedimiento administrativo
Notificación del procedimiento.
Legalidad penal
Concepto:
Nadie puede ser sancionado penalmente si la conducta y la pena no están previstas previamente en la ley.
Fundamento constitucional:
Artículos 14, 16, 18, 19, 20 y 21; especialmente el 14 en materia de exacta aplicación de la ley penal.
Elementos del principio de legalidad penal:
Lex praevia: ley previa.
Lex scripta: ley escrita.
Lex stricta: ley estricta.
Lex certa: ley cierta o taxativa.
Prohibición de analogía:En materia penal, la ley no puede extenderse por semejanza para perjudicar al imputado.
Retroactividad favorable:La regla general es la no retroactividad en perjuicio; pero en materia penal se admite aplicación retroactiva de la ley más favorable a la persona imputada o sentenciada.
Ejemplos prácticos:
No se puede castigar una conducta si no era delito cuando ocurrió.
No se puede aumentar pena con interpretación extensiva en perjuicio.
Si una nueva ley reduce la pena, puede beneficiar al sentenciado.
Garantía de legalidad en materia civil
Concepto:Las resoluciones civiles deben apegarse a la ley y al debido proceso.
Fundamento constitucional:Artículo 14 constitucional.
Métodos de interpretación:
Literal
Sistemático
Métodos de interpretación:
Literal
Sistemático
Teleológico
Histórico
Conforme a Constitución y derechos humanos, cuando proceda
Regla clave:En materia civil sí puede acudirse a la interpretación jurídica y, en ciertos casos, a principios generales del derecho para resolver controversias.
Ejemplos prácticos:
Interpretación de cláusulas contractuales.
Resolución de controversias de propiedad o arrendamiento.
Aplicación supletoria de principios generales del derecho.
5. Tratados, extradición y reos políticos
Conceptos:
Tratado: acuerdo internacional celebrado por escrito entre sujetos de derecho internacional.
Extradición: entrega de una persona por un Estado a otro para ser juzgada o para cumplir condena.
Reo político: persona perseguida o procesada por delitos de naturaleza política.
Fundamento constitucional:Artículo 15 constitucional.
Prohibición constitucional:No se autoriza la celebración de tratados para la extradición de reos políticos, ni de personas esclavizadas, ni de convenios que alteren derechos humanos reconocidos por la Constitución.
Ejemplos prácticos:
México no debe extraditar por persecución estrictamente política.
Un tratado no puede desconocer derechos humanos básicos.
21. Rectoría económica y planeación democrática del desarrollo
Concepto:Facultad del Estado para dirigir el desarrollo nacional y organizar un sistema de planeación democrática.
Fundamento constitucional:Artículos 25 y 26.
Ideas clave:
El Estado conduce el desarrollo nacional.
Debe ser integral y sustentable.
Debe fortalecer soberanía, democracia, competitividad y justicia social.
La planeación debe incorporar participación social.
Ejemplos prácticos:
Plan Nacional de Desarrollo.
Políticas públicas de infraestructura, salud o energía.
6.Acto de molestia y acto privitivo
6. Acto de molestia y acto privativo
Conceptos:
Concepto
Definición
Acto de molestia
Afecta provisionalmente esfera jurídica, posesiones, domicilio, papeles o persona sin privación definitiva.
Acto privativo
Quita o disminuye de manera definitiva un derecho, bien, libertad o propiedad.
Fundamento constitucional:
Artículo 16: actos de molestia.
Artículo 14: actos privativos.
Elementos relacionados:
Fundamentación
Motivación
Competencia
Mandamiento escrito, cuando la Constitución lo exige
Ejemplos de acto de molestia:
Revisión administrativa.
Citatorio ministerial.
Visita domiciliaria fiscal.
Ejemplos de acto privativo:
Sentencia que condena a prisión.
Resolución judicial que priva de propiedad.
Destitución definitiva tras procedimiento
7. Juez de control
Concepto:Es la autoridad judicial que interviene en etapas iniciales del proceso penal acusatorio para autorizar, revisar y controlar actos que afecten derechos fundamentales.
Fundamento constitucional:Artículos 16, 19, 20 y 21 constitucionales.
Principales facultades:
Autorizar cateos, intervenciones y actos de investigación que requieran control judicial.
Resolver sobre orden de aprehensión.
Calificar la legalidad de la detención.
Resolver medidas cautelares.
Vincular o no a proceso.
Proteger derechos de víctima e imputado.
Relación con derechos fundamentales:
Controla afectaciones a libertad personal.
Protege inviolabilidad del domicilio.
Garantiza debido proceso.
Evita actos arbitrarios del Ministerio Público o policía.
8. Orden de detención
Concepto:Privación de libertad de una persona en los supuestos permitidos por la Constitución.
Fundamento constitucional:Principalmente artículo 16.
Supuestos constitucionales de detención:
Flagrancia
Caso urgente
Orden judicial
Retención ministerial dentro de límites constitucionales
Ejemplos:
Persona detenida mientras comete robo.
Caso urgente por delito grave y riesgo de fuga, con requisitos legales.
9. Orden de aprehensión
Concepto:Mandato judicial para privar de la libertad a una persona imputada.
Fundamento constitucional:Artículo 16 constitucional.
Requisitos constitucionales:
Emitida por autoridad judicial.
Debe existir denuncia o querella.
Hechos que la ley señale como delito.
Datos que establezcan que se cometió un hecho delictivo.
Probabilidad de que el imputado lo cometió o participó.
10. Cateo
Concepto:Acto de investigación autorizado judicialmente para ingresar a un lugar cerrado y buscar personas u objetos relacionados con un delito.
Fundamento constitucional:Artículo 16 constitucional.
Requisitos constitucionales:
Orden escrita de autoridad judicial.
Precisión del lugar.
Precisión de personas u objetos buscados.
Justificación legal.
Levantamiento de acta y formalidades legales.
Consecuencias de cateo ilegal:
Nulidad o invalidez de pruebas obtenidas.
Responsabilidad de servidores públicos.
Violación a derechos humanos.
11. Visita domiciliaria
Concepto:Acto de autoridad que ingresa al domicilio para verificar cumplimiento de obligaciones legales, especialmente fiscales o administrativas.
Fundamento constitucional:Artículo 16.
Elementos esenciales:
Orden escrita.
Autoridad competente.
Fundamentación y motivación.
Objeto específico.
Respeto a formalidades legales.
Ejemplos:
Visita del SAT.
Verificación sanitaria.
Inspección administrativa autorizada por ley.
23. Derechos de las personas trabajadoras
Clasificación general:
Categoría
Contenido
Derechos individuales
Salario, jornada, descanso, vacaciones, seguridad e higiene, aguinaldo, estabilidad relativa.
Derechos colectivos
Sindicación, contratación colectiva, huelga.
Derechos de seguridad social
Salud, pensiones, riesgos de trabajo, guarderías, vivienda.
Fundamento constitucional:Artículo 123 constitucional.
Instituciones que protegen derechos laborales:
Tribunales laborales
Centros de conciliación
STPS
IMSS
ISSSTE
INFONAVIT
PROFEDET
12. Domicilio de particulares
Concepto constitucional:Espacio protegido contra intromisiones arbitrarias de la autoridad.
Fundamento constitucional:Artículo 16; también vinculado con derechos humanos de privacidad e inviolabilidad del domicilio.
Restricciones a la actuación militar:
Las fuerzas armadas no pueden intervenir libremente en domicilios sin base constitucional y legal.
Su actuación debe estar sujeta a controles civiles, legalidad, necesidad y proporcionalidad.
Casos de la Corte Interamericana contra México relacionados con actuación militar:
Radilla Pacheco vs. México
Fernández Ortega y otros vs. México
Rosendo Cantú y otra vs. México
Alvarado Espinoza y otros vs. México
Cabrera García y Montiel Flores vs. México
Estos asuntos se relacionan con límites a la jurisdicción militar, protección judicial y derechos humanos.
13. Comunicación privada
Concepto:Intercambio de información entre personas protegido frente a intromisiones arbitrarias.
Fundamento constitucional:Artículo 16 constitucional.
Idea central:Las comunicaciones privadas son inviolables, salvo excepciones constitucionales con control judicial y conforme a la ley.
Ejemplos:
Llamadas telefónicas.
Correos electrónicos.
Mensajes privados.
14. Prohibición de la autotutela y acceso a la justicia
Conceptos y fundamento constitucional:Principalmente artículo 17.
Incluye:
Prohibición de autotutela: nadie puede hacerse justicia por su propia mano.
Acceso a tribunales: toda persona puede acudir a órganos jurisdiccionales.
Justicia pronta: en plazos razonables.
Justicia completa: debe resolver toda la controversia.
Justicia imparcial: juez sin favoritismos.
Justicia gratuita: no debe cobrarse por impartir justicia.
Mecanismos alternativos de solución de controversias: mediación, conciliación, arbitraje según materia.
Defensoría pública: asistencia jurídica para quien no puede costear defensa.
Ejemplos prácticos:
Demandar incumplimiento de contrato en vez de desalojar por fuerza.
Acceso a defensa pública en materia penal.
Mediación familiar antes o durante juicio.
15. Sistema penal para personas adultas
Concepto:Conjunto de instituciones y reglas aplicables al proceso penal de personas mayores de edad dentro del sistema acusatorio y oral.
Fundamento constitucional:Artículos 18, 19, 20 y 21.
Principios rectores:
Publicidad
Contradicción
Concentración
Continuidad
Inmediación
Presunción de inocencia
Debido proceso
Autoridades participantes:
Policía
Ministerio Público
Asesor jurídico de víctimas
Defensor
Juez de control
Tribunal de enjuiciamiento
Juez de ejecución
Finalidad de las sanciones:Reinserción social y protección de derechos.
Medidas cautelares:Buscan asegurar comparecencia, investigación, protección de víctima y comunidad; la prisión preventiva es excepcional, aunque existe oficiosa en ciertos supuestos constitucionales.
Derechos humanos aplicables:
Defensa adecuada
Presunción de inocencia
No autoincriminación
Reparación del daño a víctimas
Igualdad procesal
Papel de la justicia restaurativa:Favorece reparación, diálogo y soluciones distintas a la pura lógica punitiva.
20. Artículo 4 constitucional
Derechos relacionados con el Estado social y democrático de derecho en México:
Igualdad entre mujer y hombre.
Protección de la familia.
Decidir de manera libre, responsable e informada sobre número y espaciamiento de hijos.
Alimentación nutritiva, suficiente y de calidad.
Protección de la salud.
Medio ambiente sano.
Derecho al agua.
Vivienda digna y decorosa.
Identidad y registro de nacimiento.
Derechos de niñas, niños y adolescentes.
Acceso a la cultura.
Cultura física y deporte.
Movilidad, en términos constitucionales vigentes.
16. Sistema integral de justicia penal para adolescentes
Concepto:Sistema especializado para personas adolescentes en conflicto con la ley penal.
Fundamento constitucional:Artículo 18 constitucional.
Principios rectores:
Interés superior de la niñez
Especialización
Mínima intervención
Reinserción y reintegración social y familiar
Debido proceso
Proporcionalidad
Autoridades participantes:
Ministerio Público especializado
Defensa especializada
Jueces especializados
Autoridades de ejecución de medidas
Finalidad de las sanciones:Reintegración social y familiar, no castigo meramente retributivo.
Medidas cautelares:Excepcionales y adecuadas a la edad.
Derechos humanos aplicables:Protección reforzada por condición de desarrollo.
Papel de la justicia restaurativa:Especialmente importante para reparación, responsabilización y reintegración.
22. Propiedad originaria y expropiación
Propiedad originaria:
Concepto: la Nación tiene el dominio originario de tierras y aguas dentro del territorio nacional.
Fundamento: artículo 27 constitucional.
Expropiación:
Concepto: acto del Estado por el cual priva de una propiedad a un particular por causa de utilidad pública, mediante indemnización.
Fundamento: artículo 27.
Diferencia entre función social y propiedad absoluta:
Concepto
Significado
Función social de la propiedad
La propiedad debe servir también al interés colectivo y puede ser limitada por ley.
Propiedad absoluta
Visión clásica donde el propietario ejerce poder casi ilimitado sobre el bien.
Ejemplos prácticos:
Expropiación para carretera.
Limitaciones urbanísticas por interés público.
17. Ministerio Público
Concepto:Órgano del Estado encargado de la investigación de los delitos y del ejercicio de la acción penal.
Fundamento constitucional:Artículo 21 constitucional.
Facultades:
Dirigir investigación.
Coordinar a la policía.
Solicitar órdenes judiciales.
Formular imputación.
Solicitar medidas cautelares.
Ejercer acción penal.
Proteger derechos de víctimas.
Principios rectores:
Legalidad
Objetividad
Eficiencia
Profesionalismo
Honradez
Respeto a derechos humanos
Relación con la policía:La policía actúa bajo conducción y mando del Ministerio Público en investigación.
Relación con el juez de control:Solicita autorizaciones y somete sus actos a control judicial.
Derechos de víctimas y personas imputadas:Debe respetar equilibrio procesal; no solo acusa, también debe actuar objetivamente.
18. Garantías sociales
Concepto:Normas constitucionales orientadas a proteger a grupos sociales y corregir desigualdades materiales.
Diferencias entre garantías individuales y sociales:
Tipo
Enfoque
Individuales
Protegen a la persona frente al poder público.
Sociales
Buscan justicia material para grupos y sectores sociales.
Garantías sociales en la Constitución:
Educación: artículo 3.
Trabajo y previsión social: artículo 123.
Propiedad social y agraria: artículo 27.
Salud, vivienda, alimentación, agua, niñez, igualdad: artículo 4.
19. Derecho a la educación
Concepto constitucional:Derecho de toda persona a recibir educación.
Fundamento constitucional:Artículo 3.
Principios constitucionales de la educación:
Universal
Inclusiva
Pública
Gratuita
Laica
Obligatoria
Equitativa
Integral
De excelencia
Ejemplos prácticos:
Acceso a educación básica obligatoria.
Prohibición de discriminación en servicios educativos públicos.
Obligación estatal de garantizar condiciones de acceso.
24. Suspensión de garantías y estado de excepción
Concepto:Mecanismo constitucional extraordinario mediante el cual se restringe o suspende temporalmente el ejercicio de ciertos derechos ante situaciones graves.
Fundamento constitucional:Artículo 29 constitucional.
Finalidad:Hacer frente a invasión, perturbación grave de la paz pública u otro peligro que ponga a la sociedad en grave riesgo o conflicto.
Principios rectores:
Legalidad
Temporalidad
Proporcionalidad
Necesidad
Generalidad
Publicidad
Control constitucional
Límites constitucionales:No pueden restringirse ciertos derechos esenciales reconocidos por la Constitución y los tratados de derechos humanos.
Controles nacionales e internacionales:
Control del Congreso
Revisión judicial y constitucional
Parámetros de derechos humanos
Supervisión internacional en el marco de tratados