b. En segundo lugar, los Comités controlan que los Estados cumplan con las disposiciones de los tratados a través del exámen de informes periódicos que presentan los estados partes. En virtud de la ratificación por parte de los Estados reseñados, los países se obligan a presentar informes periódicos donde se haga referencia al cumplimiento específico y concreto del tratado. Para la realización de los informes periódicos, los comités reciben directrices sobre forma y contenido. La idea radica en armonizar los contenidos de forma que esa sistematización permita una mejor comprensión de fondo. El comité debe examinar los informes de los Estados. Esta posibilidad de que las ONG presenten informes paralelos tiene como propósito optimizar y hacer más efectivo el exámen del contenido del informe presentado por el Estado. Los comités han emitido diversas observaciones finales a nuestro país, como que se adecue la legislación interna con la internaciona. El objetivo que se persigue es colaborar con el Estado para asistirlo en la promoción de los derechos humanos en el marco de lo que se entiende como diálogo constructivo que se promueven entablar entre estos órganos y los Estados. Se trata de un organismo preventivo y no sancionado, en tanto no busca proteger violaciones ya ocurridas. En la actualidad la actividad de los comités ha ido en aumento extendiendo sus funciones a través de actividades de discusión, diálogo además la adopción de declaraciones u observaciones finales dirigidas a los estados examinados y que buscan promover los derechos y libertades. Uruguay implementó un Sistema de Monitoreo de las Recomendaciones (Simore) que compila las recomendaciones y observaciones que reibe el Sistema de Protección de los Derechos Humanos. Está a cargo de la Dirección de Derechos Humanos y Derecho Huanitaro del Ministerio de Relaciones Exteriores de nuestro país.