Al comprar una empresa (NIIF 3), sus impuestos diferidos se registran en la fecha de adquisición y modifican el valor de la plusvalía, excepto el pasivo de la propia plusvalía inicial que está prohibido. Si la compradora cambia la probabilidad de recuperar sus propios activos diferidos tras la fusión, el ajuste va directo a resultados sin tocar la plusvalía. Finalmente, los beneficios fiscales futuros que se logren recuperar de la empresa adquirida reducirán la plusvalía si ocurren dentro del año de medición, de lo contrario, se registrarán en los resultados del periodo.