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FACULTADES DE COMPROBACIÓN Y MEDIOS DE DEFENSA - Coggle Diagram
FACULTADES DE COMPROBACIÓN Y MEDIOS DE DEFENSA
FACULTADES DE COMPROBACIÓN
¿Cómo revisa la autoridad el cumplimiento de las obligaciones?
Fundamento Constitucional
Límite: No es una facultad absoluta; debe respetar la garantía de seguridad jurídica y el plazo legal.
Consecuencia: Si la autoridad no respeta estos límites, sus actos pueden anularse.
Premisa: La autoridad debe fundar y motivar sus actos (Dec. Universal de los DDHH, Art. 12).
Tipos de Revisión
A. Visita Domiciliaria (Auditoría presencial)
Origen: Notificación de la orden de visita (se inician las facultades).
Plazo Máximo: 12 meses para concluir (Art. 46-A CFF) .
Suspensión del plazo: Hasta por 6 meses (por un requerimiento) y acumulable hasta 1 año (varios requerimientos) .
Etapas Clave:
Acta Parcial: Se emiten observaciones sobre hechos u omisiones.
Plazo para desvirtuar: 20 días para ofrecer pruebas y alegar.
Acta Final: Concluye la visita.
Resolución Definitiva: Se determina si existe crédito fiscal.
Irregularidad Común: Si el acta final se levanta fuera del plazo de 12 meses, la determinación es ilegal .
Figura Fiscal: La autoridad puede "Dejar sin Efectos" la visita, pero debe justificarlo por escrito (no es arbitrario) .
B. Revisión de Gabinete (Auditoría de escritorio)
Procedimiento: Se citan los libros y documentos en las oficinas de la autoridad.
Etapa Clave: Oficio de Observaciones.
Defensa: Plazo para desvirtuar observaciones.
Finalidad: Permite a la autoridad preparar mejor la visita o fincar créditos sin necesidad de ir al domicilio.
C. Revisión Electrónica (Auditoría automática)
Mecanismo: Cruce de información de declaraciones y facturas (CFDI) en sistemas del SAT.
Preliquidación: Sistema detecta inconsistencias y proyecta impuesto a cargo.
Defensa: Plazo para desvirtuar la preliquidación (subir aclaraciones o documentación).
Resolución: Oficio de determinación (crédito fiscal) o de desistimiento.
3. Liquidación de Contribuciones Omitidas (Consecuencias)
Opciones del contribuyente:
Pago (total o en parcialidades).
Garantía del interés fiscal (embargo).
Promover medio de defensa.
Sanciones:
Formales: No enviar dictamen, no inscribirse en el RFC (multas).
De fondo: Pago de actualización, recargos y multas por evasión o pago extemporáneo .
MEDIOS DE DEFENSA
¿Qué hacer si NO estás de acuerdo?
Recursos Administrativos (Se agotan ante la misma autoridad)
Recurso de Revocación (SAT)
Procedencia: Contra actos definitivos determinados por el SAT (liquidaciones, negativas de devolución).
Plazo: 30 días hábiles después de la notificación.
Ventaja: Se interpone ante la misma autoridad que emitió el acto.
Resolución: Puede confirmar la multa o declararla nula.
Recurso de Inconformidad (IMSS/INFONAVIT)
Particularidad: Específico para créditos determinados por el Seguro Social o el INFONAVIT.
Procedencia: Para impugnar determinaciones de aportaciones de seguridad social.
Resolución: Es la antesala obligada antes de ir al Tribunal.
Juicio Contencioso Administrativo (Ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa - TFJA)
Procedencia: Contra resoluciones definitivas de la autoridad (SAT, IMSS, etc.).
Plazo de demanda: 45 días hábiles.
Sentencias del TFJA :
Nulidad lisa y llana: Se anula todo, el contribuyente no debe nada.
Nulidad para efectos: Se anula la resolución, pero la autoridad debe emitir una nueva arreglando el error formal.
Procedimientos Especiales:
Juicio en Línea: Tramitación digital completa.
Facultad de Atracción: El Pleno del TFJA toma casos de importancia para definir un nuevo criterio legal .
Juicio de Amparo (Ante el Poder Judicial - Juzgados de Distrito)
Procedencia: Es el último recurso. Se usa cuando una ley viola derechos humanos o cuando el Tribunal (TFJA) o la autoridad violan las garantías del debido proceso.
Característica: No estudia la legalidad del acto (si debía o no pagar), sino la constitucionalidad del procedimiento.