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Resoluciones de juicios ordinarios de mayor cuantía y de valor indeterminado (Según criterio de la Corte Suprema de Justicia) en materia civil.
Resoluciones de Contencioso administrativo, “Materia Tributaria y no Tributaria”
Resoluciones de Juicios Sumarios mercantiles (Art. 1039 Código de Comercio)
Resoluciones de Juicio de Cuentas
Designación del juez o tribunal a quien se dirija;
Nombres y apellidos completos del solicitante o de la persona que lo represente, su edad, estado civil, nacionalidad, profesión u oficio, domicilio e indicación del lugar para recibir notificaciones;
Relación de los hechos a que se refiere la petición;
Fundamento de derecho en que se apoya la solicitud, citando las leyes respectivas;
Nombres, apellidos y residencia de las personas de quienes se reclama un derecho; si se ignorare la residencia, se hará constar.
La petición en términos precisos;
Lugar y fecha; y
Firmas del solicitante y del abogado colegiado que lo patrocina, así como el sello de éste. Si el solicitante no sabe o no puede firmar, lo hará por él otra persona o el abogado que lo auxilie.
Designación del juicio y de las otras partes que en él intervienen;
Fecha y naturaleza de la resolución recurrida;
Fecha de la notificación al recurrente y de la última, si fueren varias las partes en el juicio;
El caso de procedencia, indicando el artículo e inciso que lo contenga;
Artículos e incisos de la ley que se estimen infringidos y doctrinas legales en su caso, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 627; y
Si el recurso se funda en error de derecho o de hecho en la apreciación de las pruebas, debe indicarse en qué consiste el error alegado, a juicio del recurrente; e identificar, en el caso de error de hecho, sin lugar a dudas, el documento o acto auténtico que demuestre la equivocación del juzgador.