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Clasificación de los contratos civiles en México - Coggle Diagram
Clasificación de los contratos civiles en México
Número de partes
Unilaterales – Una sola parte queda obligada frente a la otra. Ejemplo: la donación pura. Base legal: artículo 1835 del Código Civil Federal.
Bilaterales – Las partes se obligan recíprocamente, cada una asume obligaciones frente a la otra. Ejemplo: compraventa. Base legal: artículo 1836 CCF.
Relación con otros contratos
Principales – Subsisten por sí mismos y no dependen de otro contrato. Ejemplo: compraventa.
Accesorios – Su existencia y validez dependen de un contrato principal. Ejemplo: hipoteca, fianza o prenda, que garantizan el cumplimiento de una obligación.
Duración de ejecución
Instantáneos – Se ejecutan en un solo acto, cumpliéndose inmediatamente las obligaciones. Ejemplo: compra al contado de un bien mueble.
De tracto sucesivo – Las obligaciones se cumplen de manera periódica o continuada en el tiempo. Ejemplo: arrendamiento, contrato de suministro.
Naturaleza del provecho
Onerosos – Implican provechos y gravámenes recíprocos para las partes. Se subdividen en:
Conmutativos – Las prestaciones son ciertas y determinadas desde la celebración del contrato. Ejemplo: compraventa de un bien a precio cierto. Base legal: artículo 1838 CCF.
Aleatorios – Las prestaciones dependen de un hecho incierto, de modo que puede existir ganancia o pérdida para una de las partes. Ejemplo: contratos de seguro o renta vitalicia. Base legal: artículo 1838 CCF.
Gratuitos – Solo una de las partes obtiene provecho; la otra no recibe contraprestación alguna. Ejemplo: comodato, donación. Base legal: artículo 1837 CCF.
Forma de perfeccionamiento:
Consensuales – Se perfeccionan con el simple consentimiento de las partes; no requieren formalidad especial. Ejemplo: compraventa de bienes muebles.
Formales – La ley exige formalidades específicas para su validez (por ejemplo, instrumento público). Ejemplo: donación de bienes inmuebles, hipoteca.
Reales – Requieren la entrega del bien para perfeccionarse. Ejemplo: comodato (préstamo de uso) y depósito.
Según su nominación:Típicos o nominados – Están expresamente regulados por la ley civil (compraventa, arrendamiento, donación, comodato, etc.).
Atípicos o innominados – No tienen regulación específica; se crean por la autonomía de la voluntad de las partes y se rigen por las disposiciones generales del código civil. Ejemplo: arrendamiento financiero (leasing).
Etapa del contrato
Preparatorios – Su finalidad es la futura celebración de un contrato definitivo. Ejemplo: promesa de contrato o promesa de compraventa.
Definitivos – Surten efectos inmediatamente y cumplen su finalidad esencial. Ejemplo: compraventa, permuta, arrendamiento.