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Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) - Coggle Diagram
Sociedad por Acciones Simplificada (SAS)
Definición y Naturaleza
Sociedad mercantil de capital.
Responsabilidad limitada de los socios.
Creada en 2016 para fomentar la formalización de PYMES.
Constitución
Número de socios: mínimo 1, máximo 5.
Capital social: libre, sin mínimo legal.
Requisitos: e.firma vigente del SAT, autorización de denominación social, inscripción en RPC.
Procedimiento: 100% digital en portal de Secretaría de Economía.
Órganos sociales
Administración simplificada (puede ser un socio administrador).
No requiere consejo de administración ni comisario.
Asamblea de socios para decisiones relevantes.
Régimen fiscal
Tributa como persona moral.
Puede optar por el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
Declaraciones electrónicas obligatorias.
Ventajas
Constitución gratuita y rápida.
Flexibilidad administrativa.
Responsabilidad limitada.
Ideal para emprendedores y pequeños negocios.
Limitaciones de la SAS
Número de socios restringido → solo puede constituirse con 1 a 5 socios.
No apta para grandes empresas → está diseñada para pequeños negocios y emprendedores.
Restricciones de inversión externa → no es atractiva para inversionistas grandes, ya que no emite acciones como una S.A. tradicional.
Obligaciones fiscales estrictas → requiere cumplir con declaraciones electrónicas y mantener la e.firma vigente.
Dependencia tecnológica → todo trámite es digital; si un socio no cuenta con e.firma o acceso a internet, no puede participar.
Limitación en órganos sociales → no tiene consejo de administración ni comisario, lo que puede reducir la supervisión interna.
Posible falta de prestigio corporativo → frente a terceros, puede percibirse como menos sólida que una Sociedad Anónima.