Su principal beneficio es que reconoce la salud se reconoce como un derecho fundamental inalienable, lo que impone al Estado la obligación de garantizar de manera integral las acciones de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento y paliación; en virtud del principio de integralidad, se asegura el acceso efectivo a todos los servicios requeridos para la recuperación del paciente, se consagra la autonomía médica, respetando la facultad del profesional de la salud para prescribir los tratamientos que considere necesarios con fundamento en la evidencia científica, sin restricciones de carácter económico por parte de las EPS; se establece protección reforzada para sujetos de especial protección constitucional, tales como niños, adolescentes, mujeres gestantes, personas de la tercera edad y pacientes con enfermedades huérfanas, sin limitaciones financieras; el Gobierno Nacional asume la regulación de precios de medicamentos con el fin de garantizar transparencia y proteger el patrimonio de los ciudadanos; se prohíbe la negación de servicios de salud, precisando que el incumplimiento de deberes por parte del usuario no constituye causal para suspender la atención.