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OPOSICIÓN EN DILIGENCIAS DE ENTREGA (ART. 309 CGP) - Coggle Diagram
OPOSICIÓN EN DILIGENCIAS DE ENTREGA (ART. 309 CGP)
Providencia judicial ordena la entrega de un bien (mueble o inmueble)
Se inicia la diligencia de entrega
(La practica el juez de conocimiento o un comisionado)
¿La persona que ocupa el bien formula oposición?
No
Se realiza la entrega del bien
Si
¿Quién formula la oposición?
Sujeto legitimados
El poseedor
Sujetos no legitimados
Persona contra quien produce efectos la sentencia
Tenedor que actúa a nombre de esa persona
Oportunidad para oponerse
Poseedor
Poseedor presente en la diliencia
Alega hechos de posesión y aporta prueba sumaria
Poseedor ausente-comparece el tenedor
Acredita sumariamente la tenencia y la posesión del tercero. Es interrogado bajo juramento y debe informarse lugar de habitación y trabajo del poseedor. El possedor debe comparecer dentro de 5 días.
El juez ordena comunicar al poseedor
¿El poseedor comparece y ratifica dentro de 5 días?
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Poseedor no presente en la diligencia
Puede solicitar restitución de la posesión
Ante el juez de conocimiento
termino
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Poseedor presente sin apoderado Judicial
Puede solicitar restitución de la posesión
termino
Dentro de los 5 días siguientes a la diligencia
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Tramite de la oposición