La LOEP en el Art. 4, define a las empresas públicas como “entidades que
pertenecen al Estado en los términos que establece la Constitución de la República,
personas jurídicas de derecho público , con patrimonio propio, dotadas de autonomía
presupuestaria, financiera, económica, administrativa y de gestión”.
Las empresas públicas se constituyen en instrumentos de soporte para alcanzar los objetivos de la planificación nacional.
Las empresas públicas estarán bajo la regulación y el control específico de los organismos pertinentes, de acuerdo con la ley.
El fin de la creación de EP en relación a su manejo en los sectores estratégicos es alcanzar soberanía nacional.