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Mapa mental del art 42, 43, 44 y 48 LEY ORGÁNICA DE SERVICIO PÚBLICO -…
Mapa mental del art 42, 43, 44 y 48 LEY ORGÁNICA DE SERVICIO PÚBLICO
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Art 48
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Relacionadas con la Permanencia y la Capacidad,
Incapacidad Probada: Demostrada en el desempeño de las funciones, previa evaluación de desempeño e informes del jefe inmediato y de la Unidad de Administración del Talento Humano.
Abandono de Trabajo: Injustificado, por tres o más días laborables consecutivos.
Bajo Desempeño Repetido: Haber obtenido la calificación de insuficiente en el proceso de evaluación del desempeño por segunda vez consecutiva.
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Recepción de Beneficios Indebidos: Recibir cualquier clase de dádiva, regalo o dinero ajenos a su remuneración.
Abuso de Influencia: Ejercer presiones e influencias, aprovechándose del puesto, para obtener favores en la designación de puestos de libre nombramiento y remoción para parientes cercanos (cónyuge, conviviente, o parientes hasta cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
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• Uso de Sustancias:
Ingerir licor o hacer uso de sustancias estupefacientes o psicotrópicas en los lugares de trabajo (e). ◦ Asistir al trabajo bajo evidente influencia de bebidas alcohólicas o sustancias estupefacientes o psicotrópicas.
• Agresión y Acoso:
Injuriar gravemente (de palabra u obra) a jefes o proferir insultos a compañeros, siempre que no sean resultado de provocación previa o abuso de autoridad (f). Realizar actos de acoso o abuso sexual, trata, discriminación, violencia de género o violencia de cualquier índole contra servidores o cualquier otra persona en el ejercicio de sus funciones (debidamente comprobados) (l). Atentar contra los derechos humanos mediante coacción, acoso o agresión (incluyendo toda forma de acoso laboral) a cualquier nivel jerárquico.
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Reincidencia de Suspensión: Incurrir, durante el lapso de un año, en más de dos infracciones que impliquen sanción disciplinaria de suspensión sin goce de remuneración.
Incumplimiento de Deberes Prohibiciones: Incumplir los deberes impuestos en el literal f) del Art. 22 atención al público o quebrantar las prohibiciones previstas en el Art. 24 de esta Ley.
• Contravención en Nombramientos/Contratos (Literal i, k):
Suscribir, otorgar, obtener o registrar un nombramiento o contrato de servicios ocasionales (i), o contratos civiles de servicios profesionales (k), contraviniendo disposiciones expresas de la Ley y su reglamento,.
Aclaración Judicial sobre Literal i),
• Autoridad Nominadora: La falta de "suscribir", "otorgar" o "registrar" un nombramiento ilegal es atribuible a la autoridad nominadora o al funcionario encargado que actúe en su representación.
Funcionario Contratado: La sanción por "obtener" un nombramiento ilegal solo aplica al funcionario que, con conciencia y voluntad probada fehacientemente, ha cometido la violación (ej., presentando documentos falsos u omitiendo información relevante).
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