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Esquema comparativo de jornadas y movilidad en el sector público,…
Esquema comparativo de jornadas y movilidad en el sector público
Jornadas legales de trabajo
a) Jornada Ordinaria
Se cumple por 8 horas diarias, los cinco días de la semana, y desde 30 minutos a dos horas de almuerzo ( no se incluyen en la jornada de trabajo).
b) Jornada Especial
No puede someterse a la jornada única, sino por turnos especiales, este tipo de instituciones deben obtener la aprobación del Ministerio de Trabajo
c) Teletrabajo
Se utiliza las tecnologías de la información y comunicación entre el trabajador y la institución. No es necesario la presencia física del servidor, dependerá de la naturaleza de funciones.
Tiene derecho a la desconexión, de al menos 12 horas continuas en un periodo de 24 horas.
Régimen de licencias
Licencias con remuneración
a) Por enfermedad que determine imposibilidad física o psicológica
b) El servidor público con enfermedad rara, discapacidad, huérfana, catastrófica y alta complejidad o accidente grave.
c) Por maternidad
d) Por paternidad
e) En casos de nacimientos prematuros se prolonga la licencia de paternidad.
f) En caso de fallecimiento de la madre durante el parto, el padre hace uso de la licencia.
g) Padres adoptivos licencia adopción por 30 días
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Licencias sin remuneración
a) El/la jefe/a puede conceder hasta por 15 días calendario, hasta por 60 días, durante cada año de servicio.
b) En caso de efectuar estudios regulares de posgrado en instituciones de educación superior. (debe tener al menos 2 años de permanencia en la institución).
c) Cumplir con el servicio militar.
d) Para reemplazar temporalmente a un dignatario electo por votación popular.
e) Para participar como candidato/a de elección popular.
f) Concluido la licencia de maternidad tienen derecho a una licencia opcional o permiso por maternidad o paternidad. que es voluntaria.
Comisiones de servicio
Con remuneración
Los servidores de carrera pueden presentar servicios en otra entidad del Estado
Su aceptación será por escrito y previa el dictamen favorable de la unidad de administración de talento humano.
El tiempo será hasta por 2 años y siempre y cuando el servidor haya cumplido 1 año de servicio en la institución.
Tiene derecho a percibir la remuneración mayor o al pago de la diferencia entre lo que percibe en la entidad de origen y donde será la comisión.
Cuando concluya la comisión de servicios tiene derecho a ser reintegrado a su cargo original.
Sin remuneración
Los servidores públicos de carrera podrán hacerlo hasta por 6 años, durante su carrera administrativa.
Tiene las mismas características que las comisiones con remuneración, exceptuando los tiempos que ya se mencionaron.
La entidad que otorgó la comisión de servicios no puede suprimir el cargo de la servidora en comisión de servicios sin sueldo.
Se exceptúa de esta clase de comisión a los servidores que ocupen los siguientes cargos.
Nivel jerárquico superior.
Periodo fijo
Contrato de servicios ocasionales
Movilidad interadministrativa de carácter voluntario
Aplica igual que en la legislación ecuatoriana para los funcionarios de carrera. De igual forma indica que culminado el plazo de prestación de servicios en otra entidad, el servidos público será reintegrado a su puesto original de trabajo.
Permisos
Estudios regulares: La autoridad nominadora concederá permisos hasta por tres horas diarias.
Excepto para servidores que laboren en jornada especial.
Permiso por atención médica: Por el tiempo necesario, incluido el traslado desde su domicilio o lugar de trabajo.
Victimas de violencia: Para tramitar, acceder y dar cumplimiento a las medidas administrativas o judiciales.
Cuidado del recién nacido: Dos horas durante 15 meses contados a partir de que concluya la licencia de maternidad.
Directivos de las organizaciones de servidores públicos de la institución.
Cuidado de familiares: Por 2 horas diarias para el cuidado de familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad que estén bajo su protección.
Matriculación de hijos e hijas en establecimientos educativos.
Todos estos permisos se consideraran sin cargo a vacaciones ni reducción de remuneraciones
Traslado administrativo
Es el movimiento, motivado por el servidor público de un puesto a otro vacante, ya sea de igual clase o de otra categoría pero de igual remuneración dentro de la misma identidad.
Condiciones
a) Ambos puestos tengan igual remuneración.
b) El/la candidato/a cumplan con los requisitos.
Traspaso de puestos a otras unidades o instituciones
Misma entidad: La autoridad nominadora autoriza este traspaso con la respectiva partida presupuestaria, de una unidad administrativa a otra dentro de la misma institución.
Traspaso para otra entidad: Se requiere dictamen presupuestario del Ministerio de Finanzas ( si implica aumento de la masa salarial y aprobación del Ministerio de Trabajo).
Cambio administrativo
Es el movimiento del servidor público de una unidad a otra distinta, sin que implique modificación presupuestaria
Se realiza en casos de necesidad institucional, por un período máximo de 10 meses una vez se culmine este tiempo el servidor se reintegra a su puesto de trabajo original.
Intercambio voluntario de puestos
Aplica para puestos de los mismos niveles profesionales, administrativos o técnicos en ambas instituciones.
a) Enfermedad
b) Cambio de estado civil
c) Seguridad familiar o personal
Subrogaciòn
Por orden escrita de autoridad competente.
El servidor subroga en ejercicio de un puesto de nivel jerárquico superior, cuando el titular se encuentre legalmente ausente.
Recibirá la diferencia de la remuneración mensual unificada que corresponda al subrogado durante el tiempo que dure el reemplazo.
Encargo en puesto vacante
Procede por disposición de la ley o por orden escrita de autoridad competente.
El servidor público asume el ejercicio de un puesto directivo ubicado o no, en la escala del nivel jerárquico superior.
El pago procede a partir de la fecha en que se ejecute el acto administrativo hasta la designación del titular del puesto.
Comparación legislación española
Movilidad intraadministrativa (Traslado Forzoso)
Se asemeja a la legislación ecuatoriana estas clasificaciones, por las siguientes características señaladas en la lectura:
No depende de la voluntad del funcionario.
Las administraciones públicas de manera motivada pueden trasladar a sus funcionarios por necesidades institucionales a unidades, departamentos u organismos públicos o entidades distintas de los de su destino, respetando sus retribuciones.