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MEDIOS DE IMPUGNACION EN EL SISTEMA PENAL, WENDY AMERICA BLANCAS BAÑUELOS…
MEDIOS DE IMPUGNACION EN EL SISTEMA PENAL
REVOCACIÓN
Es el medio para que el mismo juez que emitió una resolución la revise y pueda modificarla.
PROCEDE
Negar una petición de diferir audiencia
Decisiones de trámite
Negarse a recibir una prueba en cierto momento
QUIEN LO INTERPONE
Fiscalía
Defensa
Asesor jurídico de la víctima
QUIEN RESULVE
El mismo juez que dictó la resolución.
CNPP
Artículos 458 y 459 CNPP
Art. 458: Procedencia y plazos
Art. 459: Trámite y resolución
AMPARO
Se considera un medio constitucional de control
**PROCEDE CUANDO
Se violan derechos humanos al proceso
Tribunales superiores especializados.
Garantías procesales
Debido proceso
Artículos 103 y 107 de la Constitución
Ley de Amparo (arts. 1 al 5, 170–182 para amparo directo, 107–116 para amparo indirecto)
APELACIÓN
Permite que un tribunal de mayor jerarquía revise la decisión de un juez de control o tribunal de enjuiciamiento.
PROCEDE CUANDO
Contra resoluciones que sí tienen un impacto mayor, como:
Auto de vinculación a proceso
Imposición de medidas cautelares
Sentencias dictadas en procedimientos abreviados
Órdenes de sobreseimiento
Resoluciones en etapa intermedia sobre admisión de pruebas
SUS EFECTOS
Suspensiva (detiene la ejecución de la resolución)
Devolutiva (la resolución sigue surtiendo efectos)
QUIEN RESUELVE
Tribunal de Alzada
CNPP
Artículos 460 al 468 CNPP
Art. 460: Resoluciones apelables
Art. 461: Legitimación para apelar
Art. 462: Plazos
Art. 463–468: Trámite, efectos, y resolución
467
I. Las que nieguen el anticipo de prueba;
II. Las que nieguen la posibilidad de celebrar acuerdos reparatorios o no los ratifiquen;
III. La negativa o cancelación de orden de aprehensión;
IV. La negativa a autorizar actos y técnicas de investigación que requieran control judicial previo;
Fracción reformada DOF 26-01-2024
V. Las que se pronuncien sobre las providencias precautorias o medidas cautelares;
VI. Las que pongan término al procedimiento o lo suspendan;
VII. El auto que resuelve la vinculación y la no vinculación del imputado a proceso;
VIII. Las que concedan, nieguen o revoquen la suspensión condicional del proceso;
IX. La negativa de abrir el procedimiento abreviado;
X. La sentencia definitiva dictada en el procedimiento abreviado;
XI. Las que excluyan algún medio de prueba o lo admitan cuando no cumpla con los requisitos
XII. Las que determinen la ilicitud o ilegalidad de algún dato o medio de prueba, o la prueba, cuando
XIII. La que determine la legalidad o ilegalidad de la detención;
XIV. Las que determinen la incompetencia del órgano jurisdiccional;
XV. La negativa a autorizar la prórroga del plazo en la investigación complementaria;
XVI. La que resuelva la solicitud de la orden de comparecencia;
XVII. Las que se pronuncien sobre la restitución de bienes, objetos, instrumentos o productos del delito
XVIII. La que se pronuncie sobre el no ejercicio de la acción penal.
CASACIÓN
Un medio extraordinario para revisar errores graves de legalidad o procedimiento en las sentencias de segunda instancia.
OBJETIVOS
Unificar criterios jurídicos
Corregir violaciones sustanciales al proceso
Garantizar correcta aplicación de la ley
QUIEN RESULVE
Tribunales superiores especializados.
REGULADO EN
Ley Orgánica del Poder Judicial o Códigos Procesales locales, pero no existe como recurso ordinario en el CNPP.
WENDY AMERICA BLANCAS BAÑUELOS FUENTE DE CONSULTA: CNPP