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Pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966)
*Protege los derechos civiles y políticos básicos de todas las personas.
*Garantiza la vida, libertad, igualdad y justicia.
*Prohíbe la tortura, esclavitud y detención arbitraria.
*Reconoce la libertad de expresión, religión, pensamiento y asociación.
*Asegura el derecho a participar en la vida política.
*Obliga a los Estados a respetar y cumplir estos derechos.
*El Comité de Derechos Humanos supervisa su cumplimiento.
Es una base esencial para la construcción de sociedades democráticas, justas y respetuosas de los derechos humanos.
Adopción y entrada en vigor: Adoptado por la Asamblea General de la ONU el 16 de diciembre de 1966, entró en vigor el 23 de marzo de 1976.
Propósito: Desarrolla los derechos civiles, políticos y libertades establecidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Consta de 53 artículos : Afirma que la dignidad humana es la base de la libertad, la justicia y la paz, y que los derechos reconocidos en el Pacto derivan de la dignidad inherente a toda persona.
Al establecer obligaciones claras para los Estados y garantizar derechos fundamentales como la vida, la libertad de expresión y la igualdad ante la ley, el PIDCP proporciona un marco esencial para proteger a las personas contra abusos de poder y promover la rendición de cuentas.
Su adopción y ratificación por numerosos países, incluyendo México, demuestran un compromiso global con la promoción y protección de los derechos humanos.
Integrantes
Diana Laura Leonides Saavedra
Leslie Citlali García López
Zayury Citlaly Baxin Gonzalez
Canelo Romero Leticia Sarai
Avendaño Ramírez Yoana
Morales Iñiguez Alma Rosa