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REGLAMENTO FEDERAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
OBJETIVO Y MARCO NORMATIVO CENTRAL
Establecer las disposiciones de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) para prevenir Riesgos y garantizar a los trabajadores el derecho a desempeñar sus actividades en entornos que aseguren su vida y salud.
CONCEPTOS PRINCIPALES DE RIESGOS
1.Daños a la Salud
Accidente de Trabajo: Toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo
Enfermedad de Trabajo: Todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo.
Riesgo: La correlación de la peligrosidad de uno o varios factores y la exposición de los trabajadores con la posibilidad de causar efectos adversos para su vida, integridad física o salud.
2. Riesgos Físicos, Químicos y Biológicos
Contaminantes del Ambiente Laboral: Agentes físicos, químicos y biológicos capaces de modificar las condiciones ambientales del Centro de Trabajo, que pueden alterar la salud del Personal Ocupacionalmente Expuesto.
La prevención de la salud en el trabajo aborda la exposición a ruido, vibraciones, radiaciones ionizantes y no ionizantes, condiciones térmicas extremas y agentes químicos y biológicos.
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CONSECUENCIAS DE SU NO APLICACIÓN
Las violaciones a este Reglamento y a las Normas son sancionadas administrativamente por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
Las multas se imponen en función de la gravedad y se calculan en salarios mínimos generales diarios vigentes en el Distrito Federal (SMGDV):
Multas Bajas (50 a 100 SMGDV): Por no acreditar el Diagnóstico de SST o los programas y procedimientos requeridos.
Multas Graves (50 a 5000 SMGDV): Por incumplir con la mayoría de las obligaciones de prevención, las cuales son:
- No realizar acciones de Reconocimiento, Evaluación y Control de Contaminantes del Ambiente Laboral.
- No suministrar el Equipo de Protección Personal.
- No permitir o facilitar el ejercicio de las funciones de inspección y vigilancia de la Autoridad Laboral.
- Asignar labores peligrosas a mujeres en gestación o lactancia, o a trabajadores menores.
VÍNCULO CON EL TRABAJO DEL PSICÓLOGO ORGANIZACIONAL
El Psicólogo Organizacional tiene un rol directo e indispensable en la atención de los Factores de Riesgo Psicosocial y en la promoción del Entorno Organizacional Favorable (EOF):
- Identificación y Análisis: Debe participar en la identificación y análisis de los puestos de trabajo con Riesgo Psicosocial, así como en la realización de evaluaciones del EOF.
- Evaluación de Daño y Atención Clínica: Debe identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos o a actos de Violencia Laboral, y practicarles exámenes o evaluaciones clínicas, según se requiera.
- Medidas Preventivas: Colabora con el patrón en la adopción de medidas preventivas para mitigar los Factores de Riesgo Psicosocial y combatir las prácticas opuestas al EOF y la Violencia Laboral.
- Gestión de Conflictos: Contribuye a la definición de políticas para la promoción del EOF y la prevención de la Violencia Laboral , incluyendo el diseño de mecanismos seguros y confidenciales para la recepción de quejas y denuncias.
- Registro y Difusión: Ayuda a llevar los registros sobre las medidas preventivas adoptadas y los resultados de las evaluaciones clínicas o del EOF , y en la difusión de esta información a los trabajadores.
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