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Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los…
Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares (CIPTMF)
Conceptos e Hitos
Fecha de Adopción
18 de diciembre de 1990 (Resolucuín 45/158 de la Asamblea General de la ONU)
Entrada en Vigor
1 de julio de 2003 (tras alcanzar 20 ratificaciones)
Definición
Tratado Internacional de las Naciones Unidas que establece un estándar de derechos para la protección de los trabajadores migratorios y sus familis, sin importar su situación migratoria (documentada o indocumentada)
Alcance
Principio Fundamental
No Discriminación (Principio General)
La Convención es aplicable a todos los trabajadores migratorios y a sus familiares sin distinción alguna y prohibe la discriminación por motivos de sexo, raza, color, idioma, religión, nacionalidad, edad, situación migratoria, etc.
Derechos Centrales (Independientes a la Situación Migratoria- Documentados y No documentados)
Debido Proceso
Derecho a la asistencia consular (Art. 16)
Prohibición de expulsiones colectivas (Art. 22)
Derecho a iniciar procedimientos judiciales sobre la legalidad de la detención
Derechos Civiles
Libertad de pensamiento, conciencia y religión (Art. 12)
Libertad de opinión y expresión (Art. 13)
Reconocimiento de la personalidad jurídica (Art. 24)
Integridad y Seguridad
Derecho a la Vida (Art. 9)
Prohibición de torturas, tratos crueles, esclacitud y trabajos forzosos (Art. 10 y 11).
Derecho a la libertad y seguridad personales; prohibición de detención arbitraria.
Protección Laboral y Social Básica
Igualdad de trato con nacionales en cuanto a remuneración y condiciones de empleo (Art. 25)
Derecho a la seguridad social (Art. 27)
Derecho a la atención médica de urgencia (Art. 28)
Derechos Adicionales (Específicos para Trabajadores Migratorios Documentados)
Derechos Económicos y Sociales
Unidad y Reunificación Familiar (Art. 44)
Derecho a establecer sindicatos y asociaciones (Art. 40)
Vivienda, educación y servicios sociales (Art. 43 y 45)
Derechos Político Electorales
Posibilidad de participar en elecciones en sus Estados de origen (Art. 41 y 42)
Mecanismo de Supervisión
Organismo Encargado
Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (CMW)
Función Principal
Examina los informes que presentan los Estados Parte sobre el cumplimiento de la Convención y emite Recomendaciones y Observaciones Generales