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Esquema de los Artículos 4, 5 y 6 - Coggle Diagram
Esquema de los Artículos 4, 5 y 6
Artículo 4. Estrategia del Sistema Nacional de Protección Civil
Finalidad
Analizar riesgos futuros.
Identificar capacidades necesarias de respuesta.
Formular líneas estratégicas para optimizar recursos.
Aprobación y seguimiento
Consejo Nacional de Protección Civil: aprueba directrices y líneas básicas.
Revisión al menos cada 4 años.
Posibles planes anuales o programas sectoriales.
Ámbito nacional
Estrategia Nacional de Protección Civil: integra todas las actuaciones del Estado.
Aprobación: Consejo de Seguridad Nacional, a propuesta del Ministro del Interior.
Artículo 5. Derecho a la protección en caso de catástrofe
Derecho universal
Todos los residentes tienen derecho a ser atendidos por las Administraciones.
Límites: condiciones peligrosas y disponibilidad de medios.
Principios de actuación
Atención equivalente en todo el territorio (Constitución art. 139.1).
Identificación rápida de víctimas e información a familiares.
Personas con discapacidad
Derecho a conocer riesgos y medidas de autoprotección.
Garantía de atención, información y participación en planes de protección civil.
Artículo 6. Derecho a la información
Contenido del derecho
Ser informado sobre:
Riesgos colectivos.
Conductas de prevención.
Medidas previstas y adoptadas.
Momento de la información
Preventiva: antes de la emergencia.
En situación de emergencia: durante los hechos.