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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS - Coggle Diagram
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
Estructura de la Corte IDH
Presidencia
Funciones
Representar a la Corte
Presidir las sesiones de la Corte y someter a su consideración las materias que figuren en el orden del día.
Dirigir y promover los trabajos de la Corte
Decidir las cuestiones de orden que se susciten en las sesiones de la Corte
Rendir un informe semestral a la Corte, sobre las actuaciones que haya cumplido en ejercicio de la Presidencia durante ese período.
Las demás que le correspondan conforme al Estatuto
Vicepresidencia
Funciones
Suple las faltas temporales de la Presidencia
Sustituye en caso de
falta absoluta.
Comisiones
Funciones
La comisión permanente asiste a la Presidencia en el ejercicio de sus funciones
Otras comisiones son designadas para cumplir asuntos específicos.
Secretaría
Elección del Secretario
Notificar las sentencias, opiniones consultivas, resoluciones y demás decisiones de la Corte.
Llevar las actas de las sesiones de la Corte.
Asistir a las reuniones que celebre la Corte dentro o fuera de su sede.
Tramitar la correspondencia de la Corte
Certificar la autenticidad de documentos
Dirigir la administración de la Corte, de acuerdo con las instrucciones de la Presidencia
Preparar los proyectos de programas de trabajo, reglamentos y presupuestos de la Corte.
Planificar, dirigir y coordinar el trabajo del personal de la Corte
Secretario Adjunto
Asiste al secretario en el ejercicio de sus funciones
Suple las faltas temporales del secretario
Composición de la corte.
Integración
La Corte se compone de siete jueces
Son nacionales de los Estados miembros de la OEA
Son elegidos a título personal de entre juristas de la más alta autoridad moral
Los jueces son de reconocida competencia en
materia de derechos humanos.
Mandato de los Jueces
Los jueces de la Corte son electos para un mandato de seis años y sólo pueden ser reelectos una vez.
Los jueces permanecen en funciones hasta el término de su mandato.
Jueces ad hoc
El juez nacional de alguno de los Estados que sean partes en un caso sometido a la Corte, conserva su derecho a conocer del caso.
Representación
De los Estados
Los Estados que sean partes en un caso estarán representados por Agentes, quienes a su vez podrán ser asistidos por cualesquiera personas de su elección.
Podrán acreditarse Agentes Alternos, quienes asistirán a los Agentes en el ejercicio de sus funciones
Cuando el Estado sustituya al o a los Agentes tendrá que comunicarlo a la Corte y la sustitución tendrá efecto a partir de ese momento.
De la Comisión
La Comisión será representada por los Delegados
Delegados podrán hacerse asistir por cualesquiera personas de su elección.
Participación de las presuntas víctimas o sus representantes
Después de notificado el escrito de sometimiento del caso, las presuntas víctimas podrán presentar su escrito de solicitudes, argumentos y pruebas.
De existir pluralidad de presuntas víctimas o representantes, deberán designar un interviniente común.
El interviniente común será el único autorizado para la presentación de solicitudes, argumentos y
pruebas en el curso del proceso, incluidas las audiencias públicas.
Relaciones con el País Sede, con Estados y Organismos
Las relaciones de la Corte con el país sede son reglamentadas mediante un acuerdo. La sede de la Corte tiene carácter internacional.
Las relaciones de la Corte con los Estados, con la OEA y otros organismos internacionales gubernamentales relacionados con la promoción y defensa de los derechos humanos, son reguladas mediante acuerdos especiales.
Relaciones con la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos comparecerá y será tenida como parte ante la Corte, en todos los casos relativos a la función jurisdiccional de ésta
Fundamento jurídico:
Corte Interamericana De Derechos Humanos, artículo 2.1.