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GOBIERNO ESCOLAR Capítulo 2 en su artículo 142, La Ley 115 de Educación -…
GOBIERNO ESCOLAR Capítulo 2 en su artículo 142, La Ley 115 de Educación
Comunidad Educativa
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Padres, madres y acudientes.
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- Asamblea De Padres. (Decreto 1286 de abril 27 de 2005 | Ministerio de Educación Nacional) Art. 4.
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- Consejo de Padres. Decreto 1860 de 1994. Artículo 31. Consejo de Padres De Familia.
Podrá estar integrado por los voceros de los padres de los alumnos que cursan cada uno de los diferentes grados que ofrece la institución
- Contralor (a) estudiantil.
Ley 2195 de 2022. Artículo 18.
Crease la figura del Contralor Estudiantil en todas las Instituciones Educativas de Colombia del nivel nacional, departamental, municipal y distrital.
- Comisión de Evaluación y promoción
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Orientar la ejecución del proyecto educativo institucional y aplicar las decisiones del gobierno escolar y más.
- CONSEJO DIRECTIVO. Decreto 1860 de 1994. Artículo 21. Integración Del Consejo Directivo.
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- COMITÉ DE CONVIVENCIA Y CONCILIACIÓN.Creado por (Ley 1620, 2013) y (Decreto 1965, 2013)
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- CONSEJO ESTUDIANTIL
Decreto 1860 De 1994. Artículo 29.
Estará integrado por un vocero de cada uno de los grados ofrecidos por el establecimiento educativo.
- PERSONERÍA DE ESTUDIANTESDecreto 1860 de 1994. Artículo 28.
En todos los establecimientos educativos el personero de los estudiantes será un alumno que curse el último grado que ofrezca la institución
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