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Facultades de la Jurisdicción (5 Tapia) - Coggle Diagram
Facultades de la Jurisdicción (5 Tapia)
Facultad Económica
Permiten o autorizan a los tribunales a adoptar ciertas medidas de orden general, que redundan en beneficio de una mejor y más eficiente administración de justicia.
Todos los autos acordados de carácter y aplicación general que dicte la Corte Suprema deberán ser publicados en el Diario Oficial
La intervención que les corresponde a los tribunales en el nombramiento e instalación de los distintos funcionarios judiciales; la concesión de permisos y licencias a sus miembros y funcionarios; la calificación de sus miembros
La Corte Suprema de Justicia y las Cortes de Alzada, en el mes de marzo de cada año, darán cuenta al Presidente de la República de las dudas y dificultades que les hayan ocurrido en la inteligencia y aplicación de las leyes, y de los vacíos que noten en ellas
Facultad Conservadora
Facultades de los tribunales de justicia son de naturaleza jurisdiccional y tienen por objeto mantener la vigencia del principio de que los órganos estatales no deben rebasar los límites de su competencia
Facultad del Tribunal Constitucional, acorde a lo señalado en el artículo 93 numerales 6 y 7 de la Constitución Política, de resolver la inaplicabilidad de un precepto legal y la inconstitucionalidad de un precepto legal declarado inaplicable de acuerdo a lo antes señalado.
Facultad de las Cortes de Apelaciones de adoptar de inmediato las providencias necesarias para dar protección a todo afectado que sufra cualquier privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual (Recurso de Amparo)
Privilegio de Pobreza: Asegurar la garantía de la igualdad ante la ley respecto de las personas que no tienen los medios económicos para litigar.
Visitas: Por parte de los jueces a las cárceles o establecimientos penitenciarios para constatar el estado en que se encuentran los detenidos y presos e indagar si sufren tratos indebidos
Facultad Disciplinarias
Facultades de índole correccional que tienen los tribunales en resguardo de su propio prestigio, pudiendo adoptar determinadas medidas y sanciones que la ley establece, para velar por la debida compostura y seriedad en los debates judiciales
De una parte, se vigila y sanciona la conducta ministerial de los jueces y funcionarios judiciales
También se vigila y sanciona la conducta de las partes y de los profesionales que ante esos tribunales intervienen.
Conducta ministerial
Aquella que debe observar un juez en el desempeño de sus funciones jurisdiccionales, ya que debe cumplir una serie de obligaciones o deberes que la ley le impone.
Recursos
Recurso de queja
Sancionar faltas o abusos cometidos en la dictación de resoluciones judiciales
Queja administrativa
Faltas o abusos no se refieran a resoluciones sino al comportamiento de los jueces
Tribunales jerarquía
Corte Suprema
Tiene la superintendencia directiva, correccional y económica de todos los tribunales de la nación
Hacer uso de la remoción de los jueces
Puede aplicarse en este ejercicio el traslado de los jueces y otros funcionarios
Aplicación de multas
Arrestos y apremios
Amonestaciones, suspensión de funciones
Corte de Apelaciones
Ejercer la disciplina judicial dentro de su respectivo territorio jurisdiccional
Amonestaciones, suspensión de funciones
Arrestos y apremios
Aplicación de multas
Puede aplicarse en este ejercicio el traslado de los jueces y otros funcionarios
Ético Profesional
Toda persona que fuere afectada por un acto desdoroso, abusivo o contrario a la ética, cometido por un profesional en el ejercicio de su profesión, podrá recurrir a los tribunales de justicia en demanda de la aplicación de las sanciones contenidas en la Ley Orgánica del colegio respectivo
Reclamacion referida se considera como un asunto contencioso y su conocimiento y fallo se somete a los trámites del procedimiento sumario a fin que el tribunal competente ejerza la jurisdiccion propiamente tal, la habitual.
Se trata de una forma de hacer efectiva la responsabilidad profesional, a que dan lugar los actos desdorosos, abusivos o contrarios a la ética que comete el profesional