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Ley 30077 Contra el Crimen Organizado - Coggle Diagram
Ley 30077 Contra el Crimen Organizado
I. Objeto de la Ley
El objeto de esta ley es
"Fijar las reglas y procedimientos relativos a la investigación, juzgamiento y sanción de los delitos cometidos por organizaciones criminales"
.
II. Delitos Aplicables
La Ley 30077 es aplicable a una serie de delitos específicos, entre los que se incluyen:
Delitos Monetarios
.
Delitos Aduaneros
.
Marcaje o Reglaje
.
Genocidio
.
Pornografía Infantil
.
Extorsión
.
Homicidio Calificado
.
Trata de Personas y Explotación
.
Delitos Informáticos previstos en la ley penal
.
Delitos Ambientales
.
Delitos Contra la Administración Pública
.
Delitos Contra la Salud Pública
.
Tenencia, Fabricación, Tráfico Ilícito de Armas, Municiones y Explosivos
.
Delitos contra el Patrimonio en las modalidades de:
Robo Agravado
.
Hurto Agravado
.
Tráfico Ilícito de Migrantes
.
III. Técnicas Especiales de Investigación
Principios Rectores
Deben respetar escrupulosamente los principios de
necesidad, razonabilidad y proporcionalidad
.
Condiciones para su Adopción
Se pueden adoptar siempre que resulten
idóneas, necesarias e indispensables para el esclarecimiento de los hechos materia de investigación
.
Intercepción Postal e Intervención de Comunicaciones
Su trámite y realización tienen carácter
reservado e inmediato
.
Se debe procurar, en la medida de lo posible,
no afectar la correspondencia de terceros no involucrados
.
La grabación de la intervención de comunicaciones es custodiada por
el Fiscal
.
Las comunicaciones irrelevantes para la investigación deben ser
destruidas, incluyendo cualquier transcripción o copia de las mismas
.
El afectado puede instar la realización de la
audiencia judicial de reexamen
una vez ejecutadas estas técnicas.
Agente Encubierto
Es una técnica especial de investigación que faculta a participar en el tráfico jurídico y social, adquirir, poseer o transportar bienes delictivos, permitir su incautación e intervenir en actividades útiles para la investigación.
IV. Procesos y Medidas
Calificación de Procesos
Todo proceso seguido contra integrantes de una organización criminal, personas vinculadas a ella o que actúan por encargo, se considera
complejo
.
Extinción de Dominio
Son de aplicación las reglas y el proceso de extinción de dominio para los bienes señalados, siempre que se presenten uno o más supuestos previstos en el Artículo 7 del Decreto Legislativo 1373, Decreto Legislativo sobre
Extinción de Dominio
.
Cadena de Custodia
Los funcionarios públicos que ejercen funciones de seguridad, conservación, seguimiento y control de la cadena de custodia de los bienes son
el Fiscal o la Policía Nacional del Perú
.
Agravantes Especiales
El juez puede aumentar la pena hasta en una tercera parte por encima del máximo legal (sin exceder los
treinta y cinco años
) en los siguientes supuestos:
Si el agente es
líder, jefe o cabecilla o ejerce funciones de administración, dirección y supervisión
de la organización criminal.
Si el agente
financia la organización criminal
.
Si el agente, en condición de integrante de la organización criminal o persona vinculada a ella o que actúa por encargo, es
funcionario o servidor público
.
Si el agente, en condición de integrante de la organización criminal o persona vinculada a ella o que actúa por encargo,
utiliza a menores de edad u otros inimputables
para la comisión del delito.
Si el agente
hace uso de armas de guerra
para cometer los delitos.
Si el agente, en condición de integrante de la organización criminal o persona vinculada a ella o que actúa por encargo,
comete el delito desde el interior de un establecimiento penitenciario
, privado de su libertad.
Consecuencias Accesorias para Personas Jurídicas
Si los delitos se cometen en ejercicio de la actividad de una persona jurídica o valiéndose de su estructura organizativa, el juez debe imponer consecuencias accesorias de forma
alternativa o conjunta
:
Multa por un monto no menor del doble ni mayor del triple del valor de la transacción real
.
Suspensión de actividades por un plazo no mayor a cinco años
.