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Lucha contra la corrupción en el sector interior y su reglamento D. LEG…
Lucha contra la corrupción en el sector interior y su reglamento D. LEG 1291 (P1)
II. Declaraciones Juradas de Ingresos, Bienes y Rentas (DDJJ)
• Obligación de Presentación
Los oficiales y suboficiales de la Policía Nacional del Perú están obligados a presentar la Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas.
• Funciones y Responsabilidades de Control
La Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú garantiza el cumplimiento oportuno de la presentación de las DDJJ a nivel nacional.
La Inspectoría General es responsable del registro de las DDJJ del personal policial en todo el país.
Informa mensualmente a la Oficina General de Integridad Institucional sobre el cumplimiento de la presentación de las DDJJ.
La Oficina de Control, Cumplimiento y Confianza (OCCC) realiza análisis, verificación y seguimiento aleatorio de la información registrada en el Sistema de DDJJ.
La OCCC puede requerir documentación adicional a los declarantes cuando detecta inconsistencias en la información.
Pone en conocimiento de la autoridad competente los casos en que lo declarado evidencie infracción disciplinaria.
La Oficina General de Integridad Institucional verifica la información contenida en las DDJJ del personal policial.
La OCCC gestiona, a través de la Oficina General de Integridad Institucional, la obtención de información de otras entidades públicas o privadas para contrastar los datos declarados.
• El Sistema de Declaraciones Juradas
El Sistema de DDJJ es el instrumento mediante el cual se registra y procesa la información de las declaraciones del personal policial a nivel nacional.
La administración del sistema está a cargo del Ministerio del Interior.
La Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones asigna perfiles de acceso y usuarios al sistema, según lineamientos de la Oficina General de Integridad Institucional.
• Contenido y Confidencialidad de las DDJJ
El contenido de la DDJJ no requiere sustento documental.
La OCCC dicta lineamientos para garantizar la confidencialidad y reserva de la información declarada.
I. Marco Normativo y Propósito de la Lucha contra la Corrupción
• Decreto Legislativo 1291 y su Reglamento
El Decreto Supremo 013-2017-IN es la norma que regula y desarrolla el Decreto Legislativo 1291.
El Decreto Legislativo 1291 tiene por objeto crear herramientas efectivas para la lucha contra la corrupción en el Sector Interior, con el fin de lograr una gestión transparente y confiable para la ciudadanía.
El Reglamento del Decreto Legislativo 1291 es la norma que aprueba las herramientas para la lucha contra la corrupción en el Sector Interior.
La nomenclatura "Sector", "Ministerio", "Policía Nacional del Perú" y "Sistema" se refiere al ámbito de aplicación definido en el Decreto Supremo 013-2017-IN.
III. Prueba de Integridad
• Definición y Propósito
La Prueba de Integridad verifica la disposición del personal policial y civil al cumplimiento de estándares mínimos de ética, integridad, honestidad e incorruptibilidad.
Consiste en plantear situaciones simuladas similares a las que el personal enfrenta en el ejercicio de sus funciones.
Busca determinar si el personal policial en actividad o civil del Sector Interior actúa con conducta íntegra, proba, honrada, incorruptible e insobornable.
Es una evaluación aplicada al personal policial en actividad y al personal civil del Sector Interior.
• Características de la Prueba de Integridad
Tiene carácter aleatorio y se aplica a nivel nacional.
Si la conducta evaluada constituye infracción disciplinaria o ilícito penal, se actúa conforme a la normativa vigente.
Las situaciones planteadas no son invasivas a la privacidad del personal.
La aplicación de la prueba no constituye sanción disciplinaria.
Se realiza por uno o más comisionados de integridad.
El comisionado actúa sin provocar situaciones que induzcan a actos contrarios a la ley.
• Aplicación de la Prueba de Integridad
La Oficina General de Integridad Institucional es responsable de la aplicación y coordinación de la prueba.
Aplica la prueba al personal del Sistema Disciplinario Policial y a personal policial o civil de otras áreas del Sector Interior.
La aplicación es realizada por comisionados de integridad, bajo coordinación de la Oficina General de Integridad Institucional, y es de carácter aleatorio.
• Comisionado de Integridad
El comisionado de Integridad es la persona seleccionada e instruida para plantear situaciones simuladas que evalúan la conducta del personal.
Su identidad se mantiene en reserva hasta el término de la ejecución de la prueba.
Son seleccionados por la Oficina General de Integridad Institucional, a través de la Oficina de Control, Cumplimiento y Confianza.
• Resultados de la Prueba de Integridad
Los resultados se registran en el legajo personal y perfil estadístico del personal, a cargo de la Dirección de Recursos Humanos o la que haga sus veces.
El personal que no responda satisfactoriamente será reasignado a un nuevo cargo o sujeto a otra acción administrativa prevista por ley.