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Carrera y Situacion PNP D.Leg 1149 (P3) - Coggle Diagram
Carrera y Situacion PNP D.Leg 1149 (P3)
IV. Situación Policial del Personal
• Clasificación del Personal
La situación policial es la condición en que se encuentra el personal de la Policía Nacional del Perú en actividad, disponibilidad o retiro.
El personal se clasifica en atención a su situación policial en el servicio: actividad, disponibilidad y retiro.
También se clasifica en atención a la naturaleza de sus funciones: personal de armas y personal de servicios.
El personal de armas se clasifica en oficiales de armas y suboficiales de armas.
El personal de servicios se clasifica en oficiales de servicios y suboficiales de servicios.
Además, se clasifica en atención a su condición policial: personal efectivo y personal asimilado.
La situación policial en retiro también es considerada como una condición institucional.
• Situación de Actividad
La situación de actividad es la condición del personal en cuadros y fuera de cuadros.
En cuadros: el personal se encuentra dentro del servicio, con empleo y cargo, incluyendo periodos de vacaciones, licencia, permiso o franco.
Fuera de cuadros: el personal se encuentra enfermo o lesionado por un período comprendido entre seis (6) meses y dos (2) años.
Las vacaciones son un período de descanso remunerado de treinta (30) días naturales al año, de carácter obligatorio, irrenunciable y no sustituible por compensación económica.
• Cambio de Situación Policial (Formalización)
El pase a la situación de disponibilidad o retiro por medida disciplinaria se dispone mediante resolución de los órganos disciplinarios conforme a la ley.
El cambio de situación policial se formaliza mediante resolución de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú para oficiales subalternos de armas y servicios.
Para todos los grados en las categorías de suboficiales de armas y de servicios, se formaliza mediante resolución de la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú.
• Circunstancias del Servicio
Las circunstancias del servicio en las que participa el personal son: acción de armas, acto del servicio, consecuencia del servicio, ocasión del servicio y acto ajeno al servicio.
La acción de armas es la participación del personal en enfrentamiento armado durante el cumplimiento de la finalidad y función policial.
El acto del servicio es la acción que desarrolla el personal en cumplimiento de sus funciones, deberes u orden superior, en todo momento o circunstancia.
El acto ajeno al servicio es una de las calificaciones de las circunstancias del servicio.
• Comisión del Servicio o Misión de Estudios (Nacional y Extranjero)
◦ Condiciones y Duración
La comisión del servicio o misión de estudios en el extranjero tiene un plazo máximo de dos (02) años, salvo convenio internacional.
Al retornar de la misión de estudios, el personal debe ser asignado a una unidad acorde con la capacitación recibida.
◦ Requisitos para el Extranjero
La asignación en misión de estudios se realiza mediante concurso de selección.
Se requiere pertenecer a la especialidad funcional con un mínimo de dos (02) años de experiencia relacionada con el objeto de la comisión o misión.
Se exige tener la calificación de sobresaliente en la lista anual de rendimiento profesional o técnico en los dos (02) últimos años.
No debe estar comprendido en los cuatro (04) años próximos para pasar a la situación de retiro por límite de edad en el grado o por cumplir cuarenta (40) años de tiempo de servicios.
No debe registrar infracciones graves o muy graves ni estar sometido a procedimiento administrativo disciplinario como presunto infractor.
Tampoco debe tener sentencia judicial condenatoria en los últimos cinco (05) años.
◦ Tiempo Mínimo Compensatorio
El personal nombrado en comisión de servicio en el extranjero por un período mayor de seis (6) meses debe cumplir un tiempo mínimo compensatorio de dos veces la duración de la comisión.
El personal nombrado en misión de estudios en el extranjero con costo para el Estado debe prestar servicio por un tiempo mínimo compensatorio de tres veces la duración de los estudios.
• Antigüedad/Precedencia
La precedencia en el grado se determina por: mayor grado, y a igualdad de grado, por mayor tiempo de servicios.
A igualdad de grado y tiempo de servicios, prevalece la antigüedad del grado anterior.
Para el personal incorporado por asimilación, la antigüedad se determina en atención al orden de mérito de su incorporación.
La lista de revista es el documento oficial que registra la presencia física y el ejercicio del empleo y cargo del personal en situación de actividad, administrado y aprobado mensualmente por la Dirección Ejecutiva de Personal.
• Situación de Disponibilidad
◦ Causales de Disponibilidad
El personal pasa a la situación de disponibilidad por: solicitud propia, medida disciplinaria, o por ser calificado como no apto físico o psicosomáticamente apto para el servicio policial, acreditado por la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional del Perú.
• Situación de Retiro
◦ Causales de Retiro
El personal pasa a retiro si no aprueba o no alcanza vacante al grado inmediato superior durante cinco años consecutivos o discontinuos.
Un capitán de armas pasa a retiro por límite de edad a los 49 años.
El personal pasa a retiro por sentencia judicial condenatoria con pena privativa de libertad efectiva o inhabilitación mayor de dos (2) años.
La renovación de cuadros por proceso regular es propuesta por escrito por el Comandante General de la Policía Nacional del Perú.
◦ Notificación de Renovación
El pase a la situación de retiro por renovación de cuadros debe ser notificado conforme a ley.
• Término de la Carrera
El fallecimiento y el pase a la situación de retiro son causales de término de la carrera del personal de la Policía Nacional del Perú.
La carrera termina por fallecimiento.
También termina por el pase a la situación de retiro.