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Formación Profesional PNP D.LEG1318 (P2) - Coggle Diagram
Formación Profesional PNP D.LEG1318 (P2)
IV. Estudiantes: Admisión, Condición, Separación y Baja
• Admisión y Requisitos
El ingreso a las escuelas de la DIREDODOC se realiza mediante concurso público de méritos.
Para postular a las escuelas de oficiales se requiere tener entre 17 y 22 años de edad, computados al 31 de diciembre del año del proceso.
El ingreso a los programas de la Escuela de Formación Continua se realiza según la normativa aprobada por la Dirección de la ENFPP.
• Condición de Estudiante
Son estudiantes quienes cumplen con los requisitos de admisión, superan las etapas de selección y están matriculados.
La condición de estudiante no puede restringirse ni retirarse por hechos vinculados a la paternidad.
• Causales de Separación
No es causal de separación participar en la alteración del orden interno.
No es causal de separación no haber obtenido nota aprobatoria mínima de 13 en asignaturas o promedio general (este es un error en el enunciado; sí es causal).
Es causal de separación no alcanzar nota aprobatoria mínima de 13 en asignaturas o en el promedio general, incluyendo el factor disciplina.
Incapacidad psicosomática que limite o impida la continuidad en la escuela, declarada por la Junta de Sanidad de la PNP (excluye gestación).
Retiro voluntario, salvo que el estudiante esté en proceso de investigación académica o disciplinaria.
No aprobar los exámenes de reincorporación.
No solicitar reincorporación tras el periodo de gravidez, conforme al reglamento.
Otras causales determinadas por ley.
• Causales de Baja
Culminación satisfactoria del plan de estudios, cumplimiento del factor disciplinario y no estar sujeto a proceso investigativo o judicial.
Fallecimiento.
• Sanciones y Obligaciones Económicas
Las sanciones se clasifican en leves, graves y muy graves.
En infracciones graves, la resolución de primera instancia puede apelarse dentro de los cinco (05) días hábiles.
El Consejo Académico Superior y el Consejo Disciplinario Superior constituyen la segunda instancia.
Los estudiantes sancionados con expulsión deben sufragar los gastos irrogados al Estado.
Corresponde a la obligación económica el cobro proporcional al tiempo de permanencia y recursos empleados cuando el estudiante es expulsado, separado por insuficiencia académica o se retira voluntariamente.
V. Programas Académicos, Evaluación, Convalidación y Titulación
• Programas de Estudio
Los programas de estudio son aprobados por la Dirección de Educación y Doctrina de la Policía Nacional del Perú.
El Estado reconoce los programas de formación profesional de pregrado, posgrado y formación continua impartidos en las escuelas de la PNP.
• Investigación e Innovación
La formación profesional policial promueve la investigación e innovación en las áreas del conocimiento incluidas en sus programas académicos.
• Evaluación Académica
La evaluación es integral y continua, destinada a estimular y desarrollar capacidades, aptitudes y actitudes críticas y creativas en los estudiantes.
El sistema de evaluación se sujeta a las características de cada programa y su regulación se establece en el reglamento respectivo.
• Convalidación y Revalidación
La convalidación académica se autoriza mediante resolución del director de la escuela respectiva, con opinión previa del Consejo Académico.
La Dirección de Educación y Doctrina de la PNP es el órgano competente para revalidar grados académicos y títulos profesionales del extranjero.
• Grados y Títulos
Son graduados quienes han concluido satisfactoriamente su plan curricular y completado los créditos educativos.
Los grados y títulos obtenidos por los egresados se inscriben en los registros nacionales correspondientes.
La obtención de grados y títulos se realiza conforme a las exigencias académicas y administrativas del plan curricular de estudios.
• Becas
Para acceder a becas de estudio en el país o en el extranjero, se requiere previamente haber logrado vacante en los procesos de admisión.
El proceso, requisitos y condiciones para acceder a becas se establecen en el Manual de Becas de la Policía Nacional del Perú.
• Crédito Académico
En el régimen de estudios, el crédito académico equivale a un mínimo de 16 horas lectivas de teoría o el doble de horas de práctica.
• Complementación Académica
Es el proceso de nivelación con la finalidad de regularizar la situación académica del personal policial.
VI. Marco Legal y Aplicación
• Alcance del Decreto Legislativo 1318
Se aplica a los estudiantes, docentes y personal de la Policía Nacional del Perú.
• Calidad Educativa
La Dirección de Educación y Doctrina de la Policía Nacional del Perú promueve la evaluación, acreditación y certificación de la calidad educativa de sus programas académicos y gestión institucional.
• Gestión Presupuestal
La Unidad de Presupuesto es la encargada de desarrollar los procesos de programación, formulación, ejecución, seguimiento y evaluación presupuestal de la unidad ejecutora a cargo de la DIREDODOC.