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Constitucion Politica del Peru (P1) - Coggle Diagram
Constitucion Politica del Peru (P1)
Derechos Fundamentales de la Persona
A. Libertad de Movimiento y Residencia
Toda persona tiene derecho a elegir su lugar de residencia, transitar por el territorio nacional y entrar o salir del país, salvo limitaciones por:
RAZONES DE SANIDAD, MANDATO JUDICIAL o APLICACIÓN DE LA LEY DE EXTRANJERÍA.
B. Honor, Intimidad e Imagen
Toda persona tiene derecho al HONOR y a la INTIMIDAD PERSONAL Y FAMILIAR.
Tiene derecho a su IMAGEN PROPIAS.
Tiene derecho al HONOR y a la BUENA REPUTACIÓN.
C. Libertad de Conciencia y Religión
Toda persona tiene derecho a la LIBERTAD DE CONCIENCIA Y DE RELIGIÓN, individual o asociada.
No existe persecución por motivo de IDEAS O CREENCIAS.
D. Libertad y Seguridad Personales
Nadie puede ser incomunicado, salvo en casos indispensables para esclarecer un delito y solo por el tiempo y forma previstos por la ley.
Nadie debe ser víctima de VIOLENCIA MORAL, PSÍQUICA o FÍSICA, ni sometido a TORTURA o a tratos inhumanos o humillantes.
Están prohibidas la ESCLAVITUD, la SERVIDUMBRE y la TRATA DE SERES HUMANOS en cualquier forma.
Toda persona es considerada INOCENTE mientras no se declare judicialmente su responsabilidad.
Nadie puede ser detenido sin mandamiento escrito y motivado del juez, salvo en caso de flagrante delito.
En caso de flagrancia, el detenido debe ser puesto a disposición del juez dentro de las CUARENTA Y OCHO HORAS o según el término de la distancia.
Estos plazos no aplican en delitos de terrorismo, espionaje, tráfico ilícito de drogas u organizaciones criminales.
Las declaraciones obtenidas mediante violencia carecen de valor; quien las emplea incurre en RESPONSABILIDAD.
En casos de terrorismo y espionaje, las autoridades policiales pueden realizar detención preventiva por hasta QUINCE DÍAS NATURALES respecto a los PRESUNTOS IMPLICADOS.
E. Derecho a la Vida y Bienestar
Toda persona tiene derecho a la VIDA, a su IDENTIDAD, a su INTEGRIDAD MORAL, PSÍQUICA y FÍSICA, a su libre desarrollo y al BIENESTAR.
Tiene derecho a la PAZ, TRANQUILIDAD, disfrute del tiempo libre, descanso y a un AMBIENTE EQUILIBRADO y adecuado para el desarrollo de su vida.
F. Inviolabilidad del Domicilio, Comunicaciones y Documentos Privados
Nadie puede ingresar al domicilio ni realizar registros sin autorización del habitante o mandato judicial, salvo en FLAGRANTE DELITO o grave peligro de su comisión.
Las comunicaciones solo pueden ser intervenidas por MANDAMIENTO MOTIVADO DEL JUEZ, con garantías previstas en la ley.
Los libros, comprobantes y documentos contables están sujetos a INSPECCIÓN O FISCALIZACIÓN DE LA AUTORIDAD COMPETENTE, conforme a ley.
G. Derecho a la Información y Secreto Profesional
Toda persona tiene derecho a solicitar, SIN EXPRESIÓN DE CAUSA, la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, con costo solo por reproducción.
El plazo para recibir información es el LEGAL.
Los servicios informáticos no deben suministrar datos que afecten la INTIMIDAD PERSONAL Y FAMILIAR.
Toda persona tiene derecho a GUARDAR EL SECRETO PROFESIONAL.
H. Derecho a la Expresión y Opinión
Toda persona tiene derecho a las libertades de INFORMACIÓN, OPINIÓN, EXPRESIÓN y DIFUSIÓN DEL PENSAMIENTO mediante palabra, escritura o imagen.
Es delito suspender o clausurar un órgano de expresión o impedir que CIRCULE LIBREMENTE.
Los derechos de informar y opinar incluyen el de FUNDAR MEDIOS DE COMUNICACIÓN.
Los delitos cometidos por medios de comunicación se tipifican en el CÓDIGO PENAL y se juzgan en el FUERO COMÚN.
I. Otros Derechos
Toda persona tiene derecho a CONTRATAR con fines lícitos, siempre que no contravenga LEYES DE ORDEN PÚBLICO.
Tiene derecho a la LIBERTAD DE CREACIÓN INTELECTUAL, ARTÍSTICA, TÉCNICA Y CIENTÍFICA, así como a la PROPIEDAD SOBRE SUS CREACIONES Y A SU PRODUCTO.
Tiene derecho a ASOCIARSE y a constituir fundaciones u otras formas jurídicas SIN FINES DE LUCRO, SIN AUTORIZACIÓN PREVIA y conforme a ley.
Tiene derecho a la IGUALDAD ANTE LA LEY.
Nadie debe ser discriminado por motivo de CUALQUIER OTRA ÍNDOLE.
Toda persona tiene derecho a su IDENTIDAD ÉTNICA Y CULTURAL; el Estado reconoce y protege la PLURALIDAD ÉTNICA Y CULTURAL DE LA NACIÓN.
Los extranjeros en el Perú tienen derecho a USAR SU PROPIO IDIOMA ANTE CUALQUIER AUTORIDAD MEDIANTE UN INTÉRPRETE.
El Estado y el Gobierno
A. Fines y Deberes Primordiales del Estado
La DEFENSA DE LA PERSONA HUMANA y el RESPETO DE SU DIGNIDAD son el fin supremo de la SOCIEDAD Y EL ESTADO.
Deber primordial: PROMOVER EL BIENESTAR GENERAL, fundamentado en la JUSTICIA.
Desarrollo integral y equilibrado de la NACIÓN.
GARANTIZAR LA PLENA VIGENCIA DE LOS DERECHOS HUMANOS.
B. Organización del Estado y Símbolos
El gobierno del Perú es UNITARIO, REPRESENTATIVO y DESCENTRALIZADO.
Símbolos de la patria: BANDERA ROJO-BLANCO-ROJO, ESCUDO y HIMNO NACIONAL.
C. Función Pública y Servidores Públicos
Todos los funcionarios y trabajadores públicos están al servicio de la NACIÓN.
Ninguno puede desempeñar más de un cargo público remunerado, salvo POR FUNCIÓN DOCENTE.
Es obligatoria la PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL de los ingresos de altos funcionarios.
La LEY REGULA EL INGRESO A LA CARRERA ADMINISTRATIVA y establece derechos, deberes y responsabilidades.
Se establece el plazo de INHABILITACIÓN para funcionarios y servidores públicos.
Se reconocen los derechos de SINDICACIÓN Y HUELGA para SERVIDORES PÚBLICOS.
No están comprendidos en la carrera administrativa los cargos POLÍTICOS DE CONFIANZA.
D. Lucha contra la Corrupción y Delitos contra el Estado
El plazo de prescripción se DUPLICA en delitos contra el PATRIMONIO DEL ESTADO.
Los funcionarios que manejan fondos del Estado deben hacer DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS.
E. Extradición y Asilo
No se concede EXTRADICIÓN si se solicita para perseguir por RELIGIÓN, NACIONALIDAD, OPINIÓN o RAZA.
Quedan excluidos de extradición los perseguidos por DELITOS POLÍTICOS o hechos conexos.
El Estado reconoce el ASILO POLÍTICO.
La extradición la concede el PODER EJECUTIVO, previo informe de la CORTE SUPREMA.
No se entrega al asilado al país que lo persigue EN CASO DE EXPULSIÓN.
F. Defensa de los Intereses del Estado
La defensa está a cargo de los PROCURADORES PÚBLICOS, conforme a ley.
El ESTADO ESTÁ EXONERADO DEL PAGO DE GASTOS JUDICIALES.
G. Rol del Presidente de la República
Tiene la MÁS ALTA JERARQUÍA en el servicio a la nación.
Es JEFE SUPREMO de las FUERZAS ARMADAS y de la POLICÍA NACIONAL.
Dirige el SISTEMA DE DEFENSA NACIONAL.