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PROCESO DE EVALUACIÓN EXTERNA ANEAES: CONFORMACIÓN DE COMITÉS Y PAUTAS…
PROCESO DE EVALUACIÓN EXTERNA ANEAES: CONFORMACIÓN DE COMITÉS Y PAUTAS ÉTICAS
RESOLUCIÓN N° 90/2025: REGLAMENTO DE CONFORMACIÓN DE COMITÉS DE PARES EVALUADORES
Objeto del Reglamento (Art. 1)
Evaluación de programas de postgrado (presenciales o a distancia)
Evaluación de instituciones de educación superior
Evaluación de carreras de grado (presenciales o a distancia)
Cronograma de Evaluaciones (Art. 2)
Elaborado por las Direcciones del área misional.
Registro de Pares Evaluadores (Art. 3)
Pares nacionales del Registro Nacional de Pares Evaluadores de la ANEAES.
Pares extranjeros (inscritos en entidades acreditadoras regionales e internacionales: RANA, RIACES, SLACES u otro).
Preselección y Causales de No Habilitación/Exclusión (Art. 4)
Conflicto de interés
Currículum Vitae normalizado
Declaración Jurada de Conflicto de Interés.
Evaluación de desempeño inferior a "Bueno"
No participación sistemática en talleres de actualización.
Pares con evaluaciones en curso (salvo excepciones específicas).
Modalidad de Visita de Evaluación Externa (Art. 5)
Presencial (3 días): Para carreras específicas (Ley N.º 2072 y área de la salud) en Modelo Nacional y ARCU-SUR.
Combinada (3 días: 2 virtuales + 1 presencial para verificación de infraestructura por Coordinador).
Integración del Comité de Pares (Art. 6)
Composición varía según mecanismo de evaluación y tipo de carrera/programa/institución.
Permite combinaciones de pares nacionales e internacionales.
Posibilidad de incorporar pares de Ciencias de la Educación o extranjeros según disponibilidad y conflicto de interés.
Conformación de los Comités (Art. 7)
Realizada por sorteo público.
Un Par Evaluador no podrá ser seleccionado para otro comité hasta agotar la nómina.
En caso de causales de inhibición (Art. 4 y 8), serán sustituidos.
Potestad de la Presidencia del Consejo Directivo la selección de sustitutos.
Inhibición y Plazo (Art. 8)
Los pares electos tienen 1 día hábil para expresar conformidad o manifestar causales de inhibición no declaradas previamente.
Confirmación o Recusación de Pares (Art. 9)
La ANEAES remite propuesta a la institución.
La institución tiene 24 horas para confirmarla o recusar a algún miembro.
IDEA PRINCIPAL: Aprobar el procedimiento para la conformación de Comités de Pares Evaluadores para la evaluación externa (presencial o combinada) en el Modelo Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior (Primera Fase) y en el Sistema ARCU-SUR.
RESOLUCIÓN N° 218/2017: PAUTAS ÉTICAS PARA LOS PARES EVALUADORES DE LA ANEAES
Fundamentos Axiológicos de la Evaluación
Requiere altos estándares académicos y compromiso ético.
Para dictaminar con objetividad las exigencias del Modelo Nacional y ARCU-SUR.
Principios Ético-Normativos (Anexo I)
- Los Pares Evaluadores deben ajustarse a:
Rigor científico, autonomía, imparcialidad, objetividad, confidencialidad, veracidad, respeto y cordialidad en su trabajo.
Dominio de mecanismos de aseguramiento de la calidad, normas y procedimientos
Realizar la evaluación conforme a criterios de calidad
Rechazar dádivas, invitaciones o cualquier actitud que afecte la imparcialidad.
Cumplir cabalmente con las tareas de su misión, incluyendo la remisión de documentación.
Participar en la toma de decisiones y acuerdos con otros colegas, fundamentando debidamente.
Comunicar cualquier conflicto de intereses (consanguinidad, amistad, afinidad, vinculación laboral) con la institución a ser evaluada.
Mantener sigilo y estricta reserva sobre instrumentos e información recibida y producida durante el proceso.
Guardar reserva sobre las deliberaciones del Comité de Pares, especialmente con los solicitantes y las recomendaciones.
Tratar con respeto y cordialidad a todos los involucrados en la visita de evaluación, adoptando un lenguaje verbal, gestual y corporal adecuado.
Cumplir con los principios y valores de la función pública.
IDEA PRINCIPAL: Establecer pautas éticas que deben regir la actuación de los Pares Evaluadores de la ANEAES, fundamentales para asegurar una evaluación transparente, confiable y con solvencia profesional.
INFLUENCIA DE LA ÉTICA EN EL ACTUAR DE LOS PARES EVALUADORES DESDE EL INICIO DEL PROCESO DE CONFORMACIÓN DE COMITÉS
PUNTOS CLASE DE CONEXIÓN ÉTICA
En la Preselección de Pares (Art. 4 - Res. 90/2025)
La ética se manifiesta al excluir a pares con conflicto de interés.
Se asegura la idoneidad y competencia ética al descartar por desempeño deficiente o falta de actualización.
Mediante la Declaración Jurada de Conflicto de Interés
Acto ético inicial que busca garantizar la imparcialidad y evitar sesgos.
Vincula directamente con el principio de "Conflicto de Intereses" de la Res. 218/2017.
En el Deber de Inhibición (Art. 8 - Res. 90/2025)
Responsabilidad ética individual del par de transparentar cualquier impedimento no declarado previamente.
Fortalece la transparencia y la objetividad del proceso de selección.
En la Integridad del Sorteo y Sustituciones (Art. 7 - Res. 90/2025)
Aunque sea un sorteo, los criterios de sustitución éticos (ausencia de conflicto) aseguran que la imparcialidad se mantenga.
Compromiso con la Confidencialidad y Reserva (Puntos h, i - Res. 218/2017)
La obligación de sigilo y reserva se establece desde que el par es considerado para el comité, protegiendo la información sensible de la institución a evaluar.
Refuerzo de Principios Fundamentales (Res. 218/2017)
Rigor Científico y Solvencia Profesional
La selección ya busca asegurar que los pares tengan la competencia técnica y ética para una evaluación rigurosa.
Respeto y Cordialidad
Guían todas las interacciones, desde las comunicaciones previas a la conformación del comité.
CONCEPTO CENTRAL
La ética es un componente transversal y fundamental que asegura la objetividad, imparcialidad y profesionalismo de los pares evaluadores desde la fase inicial de su selección y conformación de comités, garantizando la credibilidad y validez de los procesos.