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LEY 1620 DE 2013 (Decreto 1965 de 2013) IMAGEN…
LEY 1620 DE 2013 (Decreto 1965 de 2013)
Crea
SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Se encuentra conformado por
OBJETIVOS
Convivencia, ciudadanía, derechos
Protección, atención, contexto
Paz, ciudadanía, identidad.
Convivencia, prevención, salud.
Prevención, protección, denuncia.
Mitigación, violencia, escolar.
Comunicación, convivencia, derechos.
Prevención, embarazo, enfermedades.
PRINCIPIOS
Participación
Corresponsabilidad
Autonomía
Diversidad
Integralidad
ESTRUCTURA
1. Nacional
Comité Nacional de Convivencia Escolar
Está conformado
El Ministro de Educación Nacional, o el Viceministro de Educación, quien lo presidirá
El Ministro de Salud y Protección Social o un Viceministro delegado
El Director del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o un Subdirector delegado
El ente coordinador del Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente
El Director de la Policía de Infancia y Adolescencia o un Comandante delegado
El Ministro de Cultura o un Viceministro delegado
El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o un Viceministro delegado
El Presidente de la Asociación Colombiana de Facultades de Educación (Ascofade)
El Presidente de la Asociación Nacional de Escuelas Normales Superiores (Asonens)
El Director Ejecutivo de las Asociación Colombiana de Universidades (Ascun)
El Defensor del pueblo o su delegado
El rector de la institución educativa oficial con los más altos puntajes en las pruebas Saber 11 del año anterior.
El rector de la institución educativa privada con los más altos puntajes en las pruebas Saber 11 del año anterior.
Funciones
Articula y coordina acciones para fortalecer la convivencia escolar, los derechos humanos y la educación socioemocional
2. Territorial
Comités municipales, distritales y departamentales de convivencia escolar, según corresponda
Está conformado
El Secretario de Gobierno departamental, distrital o municipal, según corresponda.
El Secretario de Educación departamental, distrital o municipal, según corresponda.
El Secretario de Salud departamental, distrital o municipal, según corresponda.
El Secretario de Cultura o quien haga sus veces, en el nivel departamental, distrital o municipal.
El Director Regional del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en los departamentos o el Coordinador del Centro Zonal del ICBF en los municipios.
Comisario de Familia
El Personero Distrital, Municipal o Procurador Regional
El Defensor del Pueblo regional según corresponda
El Comandante de la Policía de Infancia y Adolescencia
El rector de la institución educativa oficial que en el departamento, municipio o distrito haya obtenido los más altos puntajes en las pruebas Saber 11 del año anterior
El rector de la institución educativa privada que en el departamento, municipio o distrito haya obtenido los más altos puntajes en las pruebas Saber 11 del año anterior
Funciones
Coordina, implementa y fortalece acciones territoriales del Sistema para promover la convivencia escolar, ciudadanía y derechos humanos, según lineamientos nacionales.
3. Escolar
Comité de convivencia del respectivo establecimiento educativo
Esta conformado
El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité
El personero estudiantil
El docente con función de orientación
El coordinador cuando exista este cargo
El presidente del consejo de padres de familia
El presidente del consejo de estudiantes
Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.
Funciones
Gestiona conflictos escolares, lidera acciones de convivencia, activa rutas de atención y promueve estrategias pedagógicas para fortalecer ciudadanía y derechos humanos
HERRAMIENTAS
Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar
Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar
Promocion
Situaciones que Afectan la Convivencia Escolar
TIPO I
Concepto
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Protocolo
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TIPO II
Concepto
1 more item...
Protocolo
1 more item...
TIPO III
Concepto
1 more item...
Protocolo
8 more items...
Prevención
Atención
Seguimiento
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