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Valor en Aduana – Decisión 571 (CAN) - Coggle Diagram
Valor en Aduana – Decisión 571 (CAN)
FUNDAMENTO LEGAL Y OBJETIVOS
Objetivo: establecer normas comunes para la determinación del valor en aduana.
Aplica a operaciones comerciales internacionales de importación.
Basado en el Acuerdo sobre Valoración de la OMC.
MÉTODOS DE VALORACIÓN (Art. 2 y 3)
Orden obligatorio salvo intercambio entre el 4º y 5º método si lo solicita el importador:
Valor de transacción (precio pagado + ajustes)
Mercancías idénticas
Mercancías similares
Método deductivo
Método reconstruido
Último recurso (cualquier método razonable compatible)
ELEMENTOS INCLUIDOS EN EL VALOR EN ADUANA
Flete, carga, descarga, seguro hasta lugar de importación.
Gastos de embalaje y contenedores.
Derechos de licencia y cánones pagados como condición de venta.
🔴 Excluidos:
Costos posteriores a la importación.
Impuestos internos.
Costos de construcción en el país de importación.
4. DECLARACIÓN ANDINA DEL VALOR (DAV)
Documento obligatorio que respalda la declaración aduanera.
Debe contener: datos del importador, descripción, precio, ajustes, método usado.
Puede ser en formato electrónico.
Simplificada en casos especiales (paquetería, baja cuantía).
5. CONTROLES ADUANEROS
Las aduanas pueden verificar la veracidad del valor declarado.
El importador es responsable de la exactitud de la DAV.
Se aplican medidas correctivas en caso de diferencias.
6. INSTRUMENTOS Y COOPERACIÓN
Se puede crear un banco de datos regional de valores de referencia.
Fomento de la cooperación entre administraciones aduaneras.
Se impulsa la capacitación y asistencia técnica.
7. DISPOSICIONES FINALES
Deroga la Decisión 379.
Entra en vigor 30 días después de publicada.
Prevalece sobre normas nacionales incompatibles.