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CARACTERIZACION DE LOS BARES ESCOLARES, Los bares escolares deben cumplir…
CARACTERIZACION DE LOS BARES ESCOLARES
CAPITULO IV
Art. 9.- Higiene
CAPITULO III
Art. 4.- Clasificación
Los bares escolares se clasifican en punto de expendio, bar escolar simple y bar escolar comedor, según tamaño y tipo de servicio que ofrecen.
Punto de expendio: hasta 6 m², solo vende alimentos ya preparados o mínimamente procesados. No requiere permiso, pero sí control sanitario.
Bar escolar simple: hasta 16 m², puede preparar y vender alimentos saludables. Requiere permiso de ARCSA.
Bar escolar comedor: desde 16 m², permite preparar, vender y consumir alimentos en el lugar. Debe tener servicios adecuados y permiso de ARCSA.
Art. 5.- Acceso
Todos los bares escolares deben ser accesibles para estudiantes y personas con discapacidad, funcionando durante toda la jornada y alejados de fuentes de contaminación.
Art. 6.- Infraestructura
os bares escolares deben construirse con materiales seguros e higiénicos, y permitir la adecuada preparación y exhibición de alimentos.
Art. 7.- Criterios ambientales y servicios básicos
Deben contar con ventilación, iluminación natural, servicios básicos (agua, luz, desagüe) y cumplir normas sanitarias y de seguridad.
Art. 8.- Alimentos y bebidas
La oferta debe basarse en alimentos naturales, frescos y nutritivos, evitando productos ultraprocesados y plásticos de un solo uso.
CAPITULO V
Art. 18.- Participación equitativa.
Se garantiza la participación equitativa de interesados calificados, con preferencia para artesanos y personas con discapacidad.
Art. 19.- Presentación de ofertas
Un prestador solo podrá firmar contrato con una institución, aunque haya calificado en varias, para asegurar calidad del servicio.
Art. 20.- Prestador del servicio
En una institución con varios bares, el servicio lo prestará un solo proveedor; si hay varias sedes, puede haber uno por sede.
Art. 21.- Régimen de contratación
Los bares escolares fiscales siguen la normativa de contratación pública; los particulares, derecho privado.
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CAPITULO VI
Art. 22.- Duración
El contrato de prestación del servicio tendrá una duración de dos años.
Art. 23.- Pago
El pago mensual por uso de instalaciones se calcula en base al número de estudiantes, días efectivos y un valor por estudiante, con IVA incluido.
Art. 24.- Incumplimiento de pago
El no pago de dos meses consecutivos permitirá declarar incumplido al contratista.
Se aplica una tarifa de $0,25 por estudiante en zonas rurales y $0,35 en urbanas.
Del total, se cobra el 10% como arrendamiento más IVA.
En casos justificados, el pago puede ajustarse según los días trabajados. Si no paga dos meses seguidos, se iniciará un proceso legal.
CAPÍTULO VII
Art. 25.- Permiso de funcionamiento
Todos los bares (excepto puntos de expendio) deben tener permiso otorgado por ARCSA y otros requisitos legales.
Art. 26.- Control
La ARCSA verificará el cumplimiento de requisitos como certificados de capacitación y permisos de funcionamiento.
Los bares escolares deben cumplir buenas prácticas higiénicas verificadas por la ARCSA.
Art. 10.- Almacenamiento
Los alimentos deben almacenarse según sus características para conservar su calidad e inocuidad.
Art. 11.- Utensilios
Los utensilios deben ser resistentes, fáciles de desinfectar y almacenarse de forma adecuada; la vajilla descartable debe ser preferentemente biodegradable.
Art. 12.- Productos de limpieza y desinfección
Deben guardarse en áreas exclusivas, claramente identificadas y de acceso restringido.
Art. 13.- Transporte de alimentos
Se debe usar recipientes limpios con tapa que mantengan la temperatura adecuada de los alimentos.
Art. 14.- Manipulación
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KARLA SIMBAÑA - TANIA YAUCAN JULISSA LALVAY