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SENTENCIA MEXICO VS. CAMPO ALGODONERO - Coggle Diagram
SENTENCIA MEXICO VS. CAMPO ALGODONERO
Primera generación: Derechos civiles y políticos
Derecho a la vida (Art. 4 CADH)
Derecho a la integridad personal (Art. 5)
Derecho a la libertad personal (Art. 7)
Derecho a garantías judiciales (Art. 8)
Derecho a la protección judicial (Art. 25)
La Corte determinó que México no protegió la vida ni integridad de las víctimas, y además falló en investigar y sancionar debidamente los delitos.
Segunda generación: Derechos económicos, sociales y culturales (DESC)
Estos derechos exigen una mayor acción del Estado para garantizar condiciones de vida dignas.
No fueron el centro de la sentencia, pero se pueden derivar indirectamente aspectos como:
Falta de educación en igualdad de género.
Falta de políticas públicas para prevenir la violencia estructural contra las mujeres.
Aunque no se invocaron explícitamente los DESC, el contexto de marginación y discriminación estructural que rodeó los feminicidios se relaciona con estos derechos.
Tercera generación: Derechos de los pueblos y de solidaridad
Estos incluyen el derecho a la paz, al desarrollo, a un medio ambiente sano y a vivir sin violencia estructural o discriminación.
Violaciones relacionadas:
Derecho a vivir libre de discriminación por género (Art. 1.1 CADH y Convención de Belém do Pará)
Violencia de género sistemática como violación a los derechos colectivos de las mujeres a vivir una vida libre de violencia.
La Corte reconoció la falla estructural del Estado mexicano para proteger a las mujeres frente a una violencia sistemática y generalizada, lo cual se vincula a esta tercera generación de derechos.
MEDIDAS DE REPARACIÓN ORDENADAS POR LA CORTE
La Corte IDH ordenó un conjunto integral de medidas para reparar el daño tanto material como simbólicamente, y para garantizar la no repetición:
Reparaciones materiales e inmateriales:
Indemnización económica a los familiares de las víctimas.
Reembolso de gastos médicos, psicológicos y funerarios.
Reparaciones simbólicas y estructurales:
Nombramiento de una calle con el nombre de una de las víctimas.
Construcción de un memorial en honor a las víctimas en Ciudad Juárez.
Reconocimiento público de responsabilidad internacional del Estado mexicano.
Reparaciones de garantías de no repetición:
Reformas legislativas y administrativas para combatir la violencia de género.
Capacitación a funcionarios públicos en temas de derechos humanos y género.
Creación de una base de datos nacional de mujeres desaparecidas.
Protocolos y procedimientos para la investigación de desapariciones de mujeres.