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Estado de Derecho: Contenido material y elementos. - Coggle Diagram
Estado de Derecho: Contenido material y elementos.
El E° de D° es el sistema en el que el poder político se encuentra limitado y organizado por un ordenamiento jurídico preestablecido. Esto garantiza la protección de los derechos fundamentales y evita el ejercicio arbitrario del poder.
Constitucionalidad y Legalidad de la Administración
A. Principio de Juridicidad en la Administración: La Administración Pública debe actuar conforme a la Constitución y la ley (reflejado en el art. 6º).
B. Mecanismos de Control: Control Jurisdiccional (Tribunales ordinarios y el Tribunal Constitucional) y Control No Jurisdiccional (Contraloría General de la República y el Defensor del Pueblo)
Supremacía del Derecho
A. Constitución y Ley: La Constitución y las leyes son la máxima referencia normativa, lo que consagra el principio de juridicidad (por ejemplo, art. 6º de la Constitución).
B. Imperio de la Norma: Se supera la idea del E° legal (donde solo impera la ley) para integrar también principios constitucionales que orientan y legitiman el ejercicio del poder.
Potestades Estatales y División de Poderes
A. Potestad Constituyente: La Constitución es el fundamento del Estado de Derecho, estableciendo la base y la fundamentalidad de los derechos.
B. Potestad Legislativa: Las leyes, que se dictan en conformidad al principio de legalidad, limitan y regulan el ejercicio del poder.
C. Potestad Reglamentaria: Los decretos y reglamentos completan el marco normativo, permitiendo la ejecución de la ley.
D. División de Poderes: Separación entre las ramas legislativa, ejecutiva y judicial para que cada órgano controle al otro.
E. Poder Judicial Independiente: Garantizado por, por ejemplo, el art. 76 de la Constitución.
F. Jurisdicción Constitucional: Actúa como “cuarto poder” o “poder neutro” (art. 82), asegurando la supremacía de la Constitución.
Reconocimiento y Protección de los Derechos Fundamentales
A. Base Material: Los derechos y libertades fundamentales (como se recoge en los arts. 5º y 19º de la Constitución) legitiman el Estado de Derecho.
B. Función de Protección: Los derechos actúan como límites al poder estatal (efecto vertical) para evitar abusos.
C. Función Legitimadora: Sirven como criterio de justicia y fundamento para la constitución del orden democrático.
Responsabilidad de los Poderes Públicos
Diversos Tipos de Responsabilidad:
Administrativa: Sanciones disciplinarias a funcionarios.
Civil: Reparación de daños ocasionados.
Penal: Sanciones punitivas ante conductas delictivas.
Política: Mecanismos como la destitución (acusación constitucional o juicio político, según los arts. 52 nº 2 y 53 nº 1).