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La evolución histórica del derecho procesal constitucional como disciplina…
La evolución histórica del derecho procesal constitucional como disciplina académica.
Hitos
2008: Constitución de Montecristi y creación de la Corte Constitucional del Ecuador.
2009: Reglamento de Trámite de Acciones Constitucionales.
1949: Creación del Tribunal Constitucional de Austria.
1950: Convención Europea de Derechos Humanos.
1975: Mauro Cappelletti y los modelos de justicia constitucional.
1996: Creación del Tribunal Constitucional del Ecuador.
2015: Dictamen 001-15-SIN-CC
2022: Sentencia 34-18-IN/22 sobre consulta ambiental.
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Definición.
La Constitución de 2008 sustituye al Tribunal Constitucional por la Corte Constitucional, con autonomía plena y competencias amplias.
Normativa expedida por la Corte que regula la tramitación de garantías como acción de protección, habeas corpus, entre otras.
Establecimiento de uno de los primeros órganos con competencia exclusiva para el control constitucional.
Tratado que crea el Tribunal Europeo de Derechos Humanos para proteger garantías fundamentales.
En su obra, compara modelos de control constitucional (concentrado, difuso y mixto).
Se instituye el primer órgano ecuatoriano especializado en control constitucional.
La Corte determina los criterios para calificar reformas constitucionales según su tipo y procedimiento correspondiente.
La Corte declara que la consulta ambiental previa es obligatoria y vinculante para proyectos que afecten territorios comunitarios.
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Explicación.
Consolida el modelo de Estado constitucional de derechos, estableciendo una Corte con funciones jurisdiccionales, consultivas y normativas que fortalecen la defensa de la supremacía constitucional.
Establece procedimientos claros y uniformes, consolidando el derecho procesal constitucional como herramienta efectiva para la tutela judicial de los derechos.
Representa el inicio del modelo concentrado de justicia constitucional, influyendo en varios sistemas latinoamericanos.
Amplía el alcance del derecho procesal constitucional al ámbito supranacional, incluyendo el acceso individual ante violaciones.
Su clasificación ha sido fundamental para el estudio estructurado del derecho procesal constitucional comparado.
Da origen a la justicia constitucional en Ecuador, aunque con limitaciones que posteriormente serían superadas.
Reafirma el rol de la Corte como garante del procedimiento constitucional, evitando reformas que burlen el poder constituyente mediante vías indebidas.
Fortalece el acceso a la justicia constitucional de comunidades y pueblos, integrando principios de justicia ambiental y derechos colectivos al control constitucional.
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Referencia.
Constitución de la República del Ecuador (2008), arts. 429-436.
Reglamento de Trámite de la Corte Constitucional del Ecuador (2009).
Brewer-Carías, A. R. (2003). El control de la constitucionalidad. p. 76.
Convención Europea de Derechos Humanos, Roma, 1950. Art. 19.
Cappelletti, M. (1975). El control judicial de la constitucionalidad. Bosch.
Ley de Control Constitucional, R.O. No. 99, 2 de enero de 1997.
Corte Constitucional del Ecuador. Dictamen 001-15-SIN-CC.
Corte Constitucional del Ecuador. Sentencia 34-18-IN/22.
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Nombre: Victoria Alejandra Silva Cardenas 11 de mayo de 2025