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Declaración Universal de los Derechos Humanos - Coggle Diagram
Declaración Universal de los Derechos Humanos
Libertades de Opinión y Participación
Art. 18: Libertad de pensamiento, conciencia y religión.
Art. 19: Libertad de opinión y de expresión
Art. 20: Libertad de reunión y asociación pacífica.
Art. 21: Derecho a participar en el gobierno, al voto y al acceso a funciones públicas.
Derechos
Económicos
Art. 17: Derecho a la propiedad, tanto individual como en asociación.
Art. 23: Derecho al trabajo, a la libre elección de empleo, a condiciones laborales justas y favorables, al salario justo y equitativo, y al derecho de sindicalización.
Art. 24: Derecho al descanso y al tiempo libre, incluyendo limitación razonable de las horas de trabajo y vacaciones periódicas pagadas.
Culturales
Art. 27: Derecho a participar libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y sus beneficios; además, derecho a la protección de los intereses morales y materiales resultantes de las producciones científicas, literarias o artísticas de los que sea autor.
Sociales
Art. 16: Derecho a casarse y fundar una familia, con igualdad de derechos entre hombres y mujeres en cuanto al matrimonio y su disolución, y que debe ser con pleno consentimiento de los futuros cónyuges.
Art. 22: Derecho a la seguridad social y a la realización de los derechos sociales.
Art. 25: Derecho a un nivel de vida adecuado que garantice salud, alimentación, vestido, vivienda, y asistencia médica, así como protección en caso de desempleo, enfermedad, discapacidad, viudez, y vejez.
Art. 26: Derecho a la educación, la cual debe ser gratuita en los niveles fundamentales, y derecho a la formación para desarrollar el respeto por los derechos humanos.
Responsabilidad y Límite de Derechos
Art. 28: Derecho a un orden social e internacional en el que se hagan efectivos los derechos.
Art. 29: Responsabilidad de respetar los derechos de los demás y limitaciones legales.Art. 30: Nada en la Declaración debe interpretarse como un derecho de suprimir los derechos y libertades establecidos.
Art. 30: Nada en la Declaración debe interpretarse como un derecho de suprimir los derechos y libertades establecidos.