Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
Conceptos Fundamentales en la Gestión de RR.HH - Coggle Diagram
Conceptos Fundamentales en la Gestión de RR.HH
Contrato de Trabajo y la Relación Laboral
Conceptos
Contrato
Acuerdo entre empresario y trabajador, trabajador presta sus servicios a cambio de dinero
Se produce de una relación laboral
Relación Laboral
Persona presta sus servicios, por cuenta ajena y sometido por el poder la organización a cambio de una retribución
Regulada por ET y Normas Laborales (Convenio y Contrato)
Caracteísticas básicas
Voluntariedad
Consentimiento de las partes
Dependencia
Empresario aporta medios y materiales para trabajar, el trabajador se rige por las órdenes del empresario
Por cuenta ajena
Los frutos del trabajo son destinados para quién se trabaja
Personal
Realizado personalmente por el trabajador
Remuneración
Trabajo=Remuneración
Relaciones de trabajo especiales y excluidas
Especiales
Posee regulación específica por sus peculiaridades, lo no específicado, se rige por el ET
Cumplen características fundamentales de toda relación laboral
Son las siguientes:
Artistas en espectáculos públicos
Representantes de comercio, sin asumir el riesgo y ventura
Deportistas profesionales
Trabajadores con discapacidad
Penados
Estribadores portuarios
Servicio del hogar
Directivos
Residentes para la formación de especialistas en ciencias de la salud
No laborales
Excluidas por imperativo legal o no cumplir características necesarias
Comprende los siguientes puestos o trabajos:
Funcionarios Públicos
Poseen su propia normativa reguladora
Prestaciones personales obligatorias
Falta de Voluntariedad
Miembros de órganos de administración de empresas que sean sociedades
Falta de dependencia
Se encuadran dentro de la normativa del código de comercio
Trabajo a titulo de amistad o benevolencia
Falta de remuneración
Trabajos como colaborador familiar de una empresa
A menos de demostrarse que quién lo lleva a cabo es asalariado
Falta de ajenidad y remuneración
Agentes comerciales o intermediarios
Siempre que asuman riesgo de las operaciones, en ese caso habría falta de ajenidad
Transportistas por cuenta propia
Falta de dependencia y ajenidad
Autónomos
Falta de dependencia y ajenidad
Formas del contrato de trabajo
Por escrito
Deberán realizarse por escrito todos aquellos contratos que así lo requieran y dispongan de manera obligatoria. Éstos son:
A tiempo parcial
Fijo-Discontinuo
Formación en alternancia
De relevo
Para la adquisición de la práctica profesional
A distancia
Trabajadores contratados en españa que presten sus servicios en el extranjero
Por tiempo determinado superior a 4 semanas
Contrato de los pescadores
Cuando se prescinda de ésta formalidad, se presumirá que el contrato es indefinido a jornada completa, salvo acreditación de naturaleza temporal
Cada una de las partes podrá exigir su realización o conversión en contrato escrito en el momento que estimen necesario
De palabra
Único con posibilidad de suscripción verbal: Indefinido Ordinario
Tienen problema para ser probados
Cuando se cumplan las 5 características básicas de una relación laboral, la ley presumirá que existe un contrato laboral.
En caso tal de ser necesaria forma escrita y no estar debidamente registrada, puede conllevar a las siguientes consecuencias legales al empresario.
Los sujetos del contrato de trabajo
Condiciones para trabajar
Edad
Libremente
Mayores de 18 años
Mediante emancipación
Para menores de 18 y mayores de 16 con ciertas especificaciones
Por concesión de quienes poseen su patria potestad
Por vivir de manera independiente con previa autorización
Por matrimonio
Por concesión judicial cuando se solicite y se dificulte el ejercicio de la patria potestad.
No podrán desempeñar labores insalubres, penosas, nocivas o peligrosas. Tampoco podrán realizar trabajos nocturnos ni horas extras.
Titulación
Para ciertas profesiones especializadas, se necesitará una titulación certificada.
Incapacidad
Las personas con un grado de discapacidad firmarán su contrato en acompañamiento de su representante legal, siempre y cuando posean la capacidad necesaria para desempeñar su labor
Nacionalidad
Extracomunitarios
Permiso de trabajo emitido y autorizado por el MTAS
Permiso de residencia con requisitos establecidos
Ciudadanos de la U.E
Podrán realizar la actividad laboral o profesional que deseen
Deberán solicitar un permiso de residencia en los primeros tres meses de estancia en el país, que tendrá que renovar cada 5 años.
Contratación de familiares
Autónomos podrán contratar a hijos menores de 30 años, sin cobertura de desempleo
Relación laboral ≠ trabajos familiares, salvo que quienes lo llevan a cabo demuestren que son asalariados
Descendientes y ascendientes hasta 2 grado afinidad y consanguinidad, u adopción no tendrán consideración de trabajadores en cuenta ajena
Condiciones para contratar
Persona Jurídica
Actúan en el mercado a través de personas físicas
Sociedades, asociaciones y fundaciones
Se rigen por normas civiles y mercantiles
Persona física o empresario individual
Para contratar libremente
Mayores de 18 años
Mayores de 16 y menores de 18 emancipados o con mayoría de edad concedida por juez.
Menores de 18 y mayores de 16 deben contratar representados por su padres o tutores.
Incapacidad
Asistidos por su representante legal, según determine setencia.
Obligaciones antes de contratar
Comunicación de apertura del centro de trabajo.
A consejería de empleo de la comunidad autónoma.
Inscripción de empresa en la S.S
Para comunicar la contratación de empleados
Dos partes: Empresario y trabajador
Trabajador
Desempeña labor libre y voluntaria sometido a dirección del empresario por una retribución
Empresario
Actúa en propio nombre. Recibe los resultados de la actividad profesional derivada del trabajador
Planes de igualdad
Elaboración
Implementación de medidas planificadas
Implantación de medidas y comunicación a la plantilla
Inscripción
A través de REGCON dentro de la comunidad autónoma y autoridad laboral competente.
Elaboración y aprobación
Negociación de medidas a implantar para reducir situaciones de desigualdad
Fijación de objetivos y estrategias
Asignación de recursos
Evaluación de las medidas tomadas
Análisis de alcance de objetivos
Buscar soluciones en caso de no cumplir metas
Comprobar medidas adoptadas
Diagnóstico de situación
Medidas a aplicar
Plantear indicaciones
Auditoría Salarial
Análisis de brecha salarial entre hombre y mujeres
Valoración de puestos de trabajo
Constitución de comisión de igualdad
Empresa y representantes de los trabajadores
Obligatoriedad
Empresa de 101 a 150 trabajadores
Desde 08/03/2021
Empresas de 151 a 250 trabajadores
Desde 08/03/2020
Empresas de 50 a 100 trabajadores
Desde 08/03/2022
Empresas de más de 250 trabajadores
Obligatorio con ley 03/2007, de 22 de Marzo
La obligatoriedad afecta a todo tipo de empresas, sin importar su sector
Cuando la autoridad laboral lo establezca tras proceso de sanción
Si convenio lo exige, se debe tener Plan de igualdad independiente del número de trabajadores
Nacimiento/Creación
Surge como garantía de igualdad de trato y oportunidades entre hombre y mujer en los distintos ámbitos
Contratación
Promoción
Selección
Formación
Leyes reguladoras
RD 06/2019
RDL 901/2020, de 13 de Mayo de Auditoría Salarial
Ley Orgánica 3/2007, de 22 de Marzo
Período de prueba
Concepto
Período en que partes comprueban que el contrato se ajusta a sus intereses
Durante éste tiempo, se puede disolver el contrato sin ningún tipo de alegación, pago extra o comunicación del cese.
En caso de no estar plasmado por escrito
Duración
Según la cantidad de trabajadores
Plantillas con menos de 25 trabajadores
Técnicos y titulados
6 meses
Demás trabajadores
2 meses
Plantilla de más de 25 trabajadores
Técnicos y titulados
6 meses
Resto de trabajadores
3 meses
El establecido en convenio colectivo
Contratos temporales no superior a 6 meses
No podrá exceder de un mes, salvo convenio colectivo
Contrato de formación en alternancia
No podrá establecerse periodo de prueba alguno
Contrato formativo para la obtención de la práctica profesional
No podrá ser superior a 1 mes, salvo convenio colectivo
Efectos
Mismos derechos que cualquier trabajador fijo.
Se puede finalizar la relación laboral en cualquier momento dentro del período establecido
Computa al tiempo de antigüedad
No se repetirá periodo de prueba para un mismo puesto en la misma empresa.
En caso de IT, el periodo de prueba se interrumpirá siempre y cuando esté pactado, de lo contrario, no
La regulación del contrato
Las disposiciones legales del estado
Norma básica por la cuál se rigen las relaciones laborales: Estatuto de los trabajadores
Garantiza derechos colectivos a los trabajadores en las negociaciones de convenios
El ET se encuentra regulado mediante:
Reformado el 23 de Octubre de 2015
Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores
Aprobado por DL 1/1995, de 24 de Marzo
El ET regula 3 aspectos esenciales de una relación laboral
Contenido del contrato
Otros derechos y deberes derivados del contrato
Clasificación profesional y promoción
Duración
Salario y garantías salariales
Tiempos de trabajo
Modificación, suspensión y extinción
Garantías por cambio de empresario
Suspensión del contrato
Extinción del contrato
Movilidad funcional
Disposiciones generales
Derechos y deberes laborales básicos
Elementos y eficacia del contrato
Ámbitos y fuentes de la relación laboral
El Convenio Colectivo como fuente reguladora de la relación laboral.
Materias que regulan
Relaciones entre trabajadores y sus representantes con los empresarios y asociaciones empresariales.
Prevención en general
Materias de índole económica, laboral, sindical y condiciones de empleo
Promoción y formación profesional
Condiciones de trabajo y productividad
Medidas para promover igualdad de género en negociación de convenios colectivos.
Contenido mínimo
Ámbito personal, funcional, territorial
Regulación de las condiciones de trabajo
Determinación de las partes
Tipos
Según Ámbito Territorial
Ámbito estatal y nacional
Publicados en el BOE
Ámbito autonómico
Publicados en el Boletín Oficial Autonómico
Ámbito provincial
Publicados en el BOP
Ámbito local
Según ámbito funcional
Sectoriales
Sector económico en concreto
Empresa
Negociados entre representantes de trabajadores y empresarios.
Pueden limitarse a una única área geográfica.
Según número de personas afectadas
De ámbito inferior a la empresa
Afecta a una única empresa
Se aplica a un grupo de trabajadores específico o un centro de trabajo
De ámbito superior a la empresa
Varias empresas de un mismo sector
Convenio correspondiente
También puede averiguarse mediante el CNAE
Mediante la Comisión Consultiva de Convenios colectivos
Puede conocerse en el contrato de trabajo correspondiente
Elegibilidad
No es posible, se regirá por la actividad realizada por la empresa
En caso de realizar más de 1 actividad, se aplicará el convenio de la actividad realizada mayoritariamente o de manera más constante.
Regulación de condiciones
Los convenios nunca podrán ofrecer condiciones inferiores a las establecidas por ley
Puede mejorar lo estipulado en el estatuto
NO se debe presionar a los trabajadores a renunciar a sus derechos, puede conllevar problemas legales al empresario
Condición más beneficiosa
Todo acuerdo establecido entre empresario y trabajador que mejore sus condiciones, debe mantenerse
Éstos derechos no pueden ser eliminados o modificados de manera unilateral
Descuelgue salarial
Disminución de los salarios de manera temporal y extraordinaria por causas ETOP siempre que no sean inferiores a los del convenio sectorial.
Duración:
Pactada en convenio
Regula las condiciones de la relación laboral establecida
Sujeta a normativa y principios jurídicos (fuentes)
Fuentes Generales
La ley
Normas escritas y reguladas mediante ley
La costumbre
Repetición de un mismo acto durante cierto tiempo en una empresa.
Principios generales del derecho
Aquellos derivados del sentido común a los que se acude en defecto de las leyes y costumbres
Libertad
Justicia
Equidad
Entre otros
Fuentes específicas
Internas
Leyes Ordinarias
Aprobadas por cortes generales y sin carácter de orgánicas
Ley de PRL
Normas con rango de ley
Delegadas por las Cortes al gobierno para su elaboración
Regulan ciertas partes de la normativa laboral
Leyes Orgánicas
Regulan derechos fundamentales y libertades públicas
Ley orgánica de libertad sindical
Reglamentos laborales
Emanados por el gobierno
Desarrollan y complementan leyes ya existentes
Constitución Española
Superior a demás leyes, Regula derechos básicos de empresarios y trabajadores
Profesionales
Manifestadas por las partes de forma individual y colectiva
Contratos de trabajo
Acuerdo establecido entre las partes por el que el trabajador se compromete a prestan un servicio a cambio de una remuneración
Usos y costumbres
Acciones repetidas a lo largo de tiempo por trabajadores o empresarios en un lugar de trabajo o determinado oficio u profesión
Convenios colectivos
Regulan condiciones de trabajo de los trabajadores
Negociados entre empresarios y representantes de los trabajadores.
Externas
Normativa aplicable en territorio español derivadas de la pertenencia a organizaciones especificas.
Convenios de la OIT
Convenios establecidos por la OIT y acogidos y ratificados por los países
Tratados Internacionales
Tratados en los que intervienes 2 o más países, en los que se comprometen al cumplimiento de obligaciones acordados.
Su aprobación e inherencia al ordenamiento jurídico español corresponde a las cortes.
Reglamentos y Directivas comunitarias de la UE
Normativa aplicable a miembros de la U.E e incorporado a la ley vigente de cada país.
Fuentes reguladores de derechos y obligaciones de empresarios y trabajadores
Principio de Jerarquía Normativa: Organizada de la que posee más rango a la que menos
Ley orgánica, ley ordinaria, decreto ley, decreto legislativo
Reglamentos
Tratados internacionales y convenios
Convenios Colectivo
Constitución Española
Contrato de Trabajo
Derecho comunitario
Usos y costumbres
Principios laborales
Principio de irrenunciabilidad de derechos
No se podrá renunciar a los derechos concedidos por ley.
Principio de condición más beneficiosa
En caso de una norma nueva que establezca condiciones peores que una anterior, se mantendrán las condiciones anteriores.
Principio de norma más favorable
En caso de aplicación de varias normas en un caso, siempre se usará la más favorable para el trabajador.
Principio pro-operario
En caso de diferentes interpretaciones de una norma, se aplicará lo más positivo para el trabajador.
Principio de norma mínima
Normas de rango inferior no pueden establecer condiciones peores que las de superior.
Contenido mínimo del contrato de trabajo
Contenido mínimo
Tipo de contrato
Identidad de las partes
Domicilio social
Duración del contrato
Distribución de la jornada
Grupo Profesional del puesto
Puesto de trabajo
Período de prueba
Retribución
Vacaciones
Convenio colectivo
Preaviso
Cláusulas adicionales
Fecha y firma de las partes
Cláusulas contractuales adicionales
Cláusulas recogidas en el ET
Pacto de plena dedicación
Pacto de no competencia
Pacto de permanencia
Cláusulas no recogidas en el ET
Pacto de descanso por jornada continuada
Pacto sobre regulación de nuevas tecnologías
Pacto de disfrute y régimen de vacaciones
Pacto de confidencialidad
Pacto de retribuciones variables por objetivos
Pacto sobre preaviso de cese voluntario
Pacto sobre pagas extraordinarias
Pacto de liquidación y pago de salarios
Pacto de Horas Extras
Duración del contrato de trabajo
A termino indefinido
De duración determinada
Por circunstancias de la producción o sustitución de persona trabajadora
Se necesitará una causa habilitante de la contratación
Se debe saber las circunstancias concreto y conexión con la duración establecida
Elementos esenciales del contrato de trabajo
Consentimiento
Acuerdo prestado libremente por ambas partes
No puede prestarse bajo engaño, intimidación, violencia o fraude
En tal caso, el contrato será nulo
Objeto
Prestación laboral (Trabajador)
Lícito
Conforme a ley
Determinado
Contenido de la prestación
Posible
Imposibilidad cumplimiento objeto = Extinción contrato
Contraprestación salarial (Empresario)
Retribución pagada al trabajador en dinero o especie.
Causa
Fin o razón por la cuál se concierta el contrato
Gestión de la contratación laboral en la empresa.
Selección
Análisis del puesto de trabajo
Perfil Profesional buscado
Elegir entre externalizar o promoción interna
Contratación
Elección de modalidad contractual
Naturaleza y características del contrato
Política de contratación y perfiles adecuados
Costes salariales por modalidad
Redacción
Por escrito y en modelo oficial
Hay que facilitar la información de los elementos esenciales del contrato en un plazo de 2 meses desde la fecha de comienzo de la relación.
Alta y afiliación
Antes del inicio de la actividad laboral
A través del sistema RED
Entrega copia básica
Entrega a representante de los trabajadores de datos del contrato en un plazo no superior a 10 días desde concertación del contrato
Debe figurar que es "copia básica" e irá firmado por los representantes de los trabajadores como acreditación.
Comunicación de copia al SEPE
Comunicación de contratación
Se debe comunicar al SEPE en un plazo no superior a 10 días hábiles, contenido y prórrogas (si las hay) de los contratos
Se presentará copia de ellos
Realizable mediante dos vías
Oficina de empleo correspondiente
Mediante Contrat@ (Para comunicación de empresas y empresarios en representación de terceros)
Acogida/Incorporación
Acoplamiento
Encargo de trabajos
Supervisión de trabajos
Formación
Corrección de errores
Reconocimiento de aciertos
Evaluación
Evaluación de integración
Evaluación del proceso de integración
Recepción
Explicación de filosofía y características de la empresa
Entrega de manual de funciones
Presentación de compañeros
Manual de seguridad e higiene
Visita instalaciones