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Principios del Proceso Penal en Ecuador
Identificación de Principios
Los principios se derivan de la Constitución de la República del Ecuador, el Código Orgánico Integral Penal (COIP) y tratados internacionales de derechos humanos.
Enumeración y Características de Cada Principio
Legalidad: "No se impondrán penas ni medidas de seguridad que no estén establecidas por ley" (COIP, Art. 4; Constitución, Art. 76).
Igualdad: "Todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades" (Constitución, Art. 11; COIP, Art. 76).
Debido Proceso: "Se asegurará el derecho al debido proceso, que incluirá las garantías judiciales indispensables para la protección de los derechos" (Constitución, Art. 76; COIP, Art. 169).
Presunción de Inocencia: "Toda persona se presumirá inocente mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia ejecutoriada" (Constitución, Art. 76; COIP, Art. 10).
Dignidad Humana: "El respeto a la dignidad del ser humano es el principio fundamental de los derechos y garantías" (COIP, Art. 11; Constitución, Art. 66).
Protección a Víctimas y Testigos: "Las víctimas de infracciones penales tendrán derecho a protección especial" (Constitución, Art. 78; COIP, Art. 554).
No Discriminación: "La ley garantizará a todas las personas, en condiciones de igualdad, el acceso y participación en el espacio público" (Constitución, Art. 11; COIP, Art. 11).
Intervención Mínima: "La intervención penal está legitimada siempre y cuando sea estrictamente necesaria" (COIP, Art. 3; Constitución, Art. 76).
Concordancias con Legislación Nacional e Internacional
Constitución del Ecuador: Arts. 11, 76, 77, 78.
Código Orgánico Integral Penal (COIP): Arts. 3, 4, 5, 10, 11.
Instrumentos Internacionales:
Declaración Universal de Derechos Humanos.
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Otros Conceptos Relevantes
Rehabilitación y Reinserción: "Este Código tiene como finalidad la rehabilitación social de las personas sentenciadas" (COIP, Art. 1).
Garantías Judiciales Adicionales: "Se garantizará la protección judicial de los derechos y garantías" (COIP, Art. 169).
Protección de Datos y Privacidad: "Se garantizará la confidencialidad y protección de los datos personales" (COIP, Art. 179).
Reflexiones Finales y Conclusiones
Como estudiante de derecho, al examinar los principios que rigen el proceso penal en Ecuador, se observa claramente cómo estos principios están diseñados para garantizar un equilibrio entre la administración de justicia y la protección de los derechos humanos fundamentales. La inclusión de estos principios en la Constitución y en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) refleja el compromiso del Estado con un sistema de justicia que no solo castiga el delito, sino que también protege, respeta y rehabilita.
GEANPIERRE SERGIO MENENDEZ OJEDA