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Normatividad Mexicana de Seguridad e Higiene, Enfermedad de trabajo:…
Normatividad Mexicana de Seguridad e Higiene
Definición y principios generales
Artículo 3 (RFSS): Define los términos clave como "Accidente de trabajo", "Enfermedad de trabajo", "Riesgos laborales", "Condiciones de seguridad" y "Condiciones de higiene".
Accidente de trabajo: Todo evento que cause daño al trabajador durante la ejecución de sus labores.
Artículo 4 (RFSS)
Establece el principio de prevención, indicando que las medidas de seguridad y salud deben estar orientadas a evitar riesgos laborales, siendo más importante prevenir que corregir.
Obligaciones del empleador en materia de seguridad y salud
Artículo 131 (RFSS)
Proveer condiciones de trabajo seguras.
Implementar medidas para la prevención de riesgos y proteger la salud de los trabajadores.
Capacitar a los trabajadores en el uso adecuado de equipos de protección personal y procedimientos de seguridad.
Artículo 122 (RFSS)
El empleador debe proporcionar instalaciones adecuadas para el lavado de manos y la higiene personal de los trabajadores.
Artículo 123 (RFSS)
Las áreas de trabajo deben contar con sistemas de ventilación adecuados, especialmente en actividades que generen sustancias tóxicas, polvo, gases, vapores, entre otros agentes contaminantes.
Artículo 124 (RFSS)
Es obligatorio proporcionar agua potable en los centros de trabajo y velar por la limpieza de las instalaciones de cocina y comedor.
Formación y capacitación
Artículo 170 (RFSS)
El empleador debe proporcionar capacitación continua en seguridad e higiene en el trabajo a todos los empleados, particularmente sobre los riesgos específicos de su puesto de trabajo.
Artículo 171 (RFSS)
Las capacitaciones deben estar relacionadas con el uso de equipos de protección personal (EPP), manejo de sustancias peligrosas, prevención de accidentes, y acciones a seguir en caso de emergencia.
Evaluación de riesgos y medidas preventivas
Artículo 5 (RFSS)
Establece que la prevención debe ser la prioridad en la identificación y control de los riesgos en el lugar de trabajo. Esto incluye la evaluación de riesgos y la implementación de las medidas correctivas pertinentes.
Artículo 16 (RFSS)
Los trabajadores deben colaborar en la identificación de riesgos y colaborar activamente en la aplicación de las medidas de seguridad establecidas por el empleador.
Normas Oficiales Mexicanas (NOMs) relacionadas con la seguridad e higiene
NOM-001-STPS-2008: Condiciones de seguridad en los centros de trabajo
Esta norma establece las condiciones mínimas de seguridad que deben cumplirse en los centros de trabajo. Es aplicable a todos los centros de trabajo, independientemente de su actividad.
Artículo 5 (NOM-001-STPS-2008): El empleador debe mantener los pasillos, puertas y escaleras despejados para garantizar la circulación segura de los trabajadores.
NOM-002-STPS-2010: Condiciones de seguridad para prevención y protección contra incendios
Esta norma regula la instalación de equipos de prevención de incendios en los centros de trabajo.
Artículo 8 (NOM-002-STPS-2010): El empleador debe garantizar que el extintor y otros equipos contra incendios estén ubicados en lugares accesibles y en buen estado de funcionamiento.
NOM-010-STPS-2014: Condiciones de seguridad para la prevención de riesgos relacionados con el ruido
Artículo 5 (NOM-010-STPS-2014): Regula los niveles de exposición al ruido en los centros de trabajo y las medidas para reducir su impacto en la salud de los trabajadores.
NOM-011-STPS-2001: Riesgos en trabajos con agentes químicos
Regula la exposición a sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo.
Artículo 3 (NOM-011-STPS-2001): El empleador debe informar sobre los riesgos de los químicos utilizados y proporcionar medios de protección adecuados.
Inspección y vigilancia
Artículo 101 (RFSS)
La STPS está encargada de realizar inspecciones para verificar el cumplimiento de las normas de seguridad e higiene en los centros de trabajo. Estas inspecciones pueden ser programadas o extraordinarias.
Artículo 108 (RFSS)
Las autoridades competentes pueden imponer sanciones a los empleadores que no cumplan con las normas de seguridad y salud en el trabajo, que pueden incluir multas y suspensión de actividades en casos graves.
Enfermedad de trabajo: Enfermedad derivada de la exposición a condiciones de trabajo peligrosas.
El empleador debe: