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Contratos del sector público - Coggle Diagram
Contratos del sector público
Generales
Contrato de obras
.
Es un acuerdo de voluntades por medio del cual el contratista se compromete a ejecutar una obra a cambio de un precio que deberá cancelar el contratante.
Contrato de concesión de obras.
Es un contrato que tiene como objetivo la realización por concesionario de restauración y reparación de construcciones existentes, así como la conservación y mantenimiento de los elementos construidos
Contrato de concesión de servicios
.
Es aquel en el que una Administración pública encomienda a la persona concesionaria, a título oneroso, la gestión de un servicio cuya prestación sea de su titularidad o competencia
Contrato de suministro
Son contratos de suministro los que tienen por objeto la adquisición, el arrendamiento
financiero, o el arrendamiento, con o sin opción de compra, de productos o bienes muebles.
Contrato de servicios.
Contrato que tiene por objeto prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o suministro
Contratos mixtos
.
Un contrato es mixto cuando engloba al menos dos de las prestaciones antes expuestas. Un suministro y una obra o un suministro y un servicio.
Contratos sujetos a una regulación armonizada
Contratos de obras, de concesión de obras y de concesión de servicios sujetos
a una regulación armonizada: Umbral.
Cuando el valor acumulado de los lotes en que se divida la obra iguale o supere 5.538.000 euros, se aplicarán las normas de la regulación armonizada a la adjudicación de cada lote
Contratos de suministro sujetos a una regulación armonizada: Umbral.
Están sujetos a regulación armonizada los contratos de suministro cuyo valor estimado sea igual o superior a:
-143.000 euros, cuando se trate de contratos adjudicados por la Administración General del Estado
-221.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro distintos
Contratos de servicios sujetos a una regulación armonizada: umbral.
Están sujetos a regulación armonizada los contratos de servicios cuyo valor estimado
sea igual o superior a:
-143.000 euros, cuando los contratos hayan de ser adjudicados por la Administración General del Estado,
-221.000 euros, cuando los contratos hayan de adjudicarse por entidades del sector público distintas a la Administración General del Estado.
-750.000 euros, cuando se trate de contratos que tengan por objeto los servicios
sociales
Contratos subvencionados sujetos a una regulación armonizada
Son los contratos de obras y los contratos de servicios definidos conforme a lo previsto en los artículos 13 y 15, respectivamente, que sean subvencionados, de forma directa y en mas de un 50 por 100 de su importe, por entidades que tengan la consideración de poderes adjudicadores.
Contratos administrativos y contratos privados
Contratos administrativos.
Los contratos administrativos se regirán, en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos, modificación y extinción, por esta Ley y sus disposiciones de desarrollo
Contratos privados.
Son aquellos celebrados por Administraciones Públicas y entidades del sector público no adjudicadoras. Se regulan por normas específicas y derecho privado en efectos, modificación y extinción.