Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
Decreto Supremo que Aprueba el Reglamento de la Ley N° 29535 - Coggle…
Decreto Supremo que Aprueba el Reglamento de la Ley N° 29535
Ley que Otorga Reconocimiento Oficial a la Lengua de Señas Peruana.
Contexto General (Círculo o cuadro central):
Objetivo de la Ley: Garantizar el reconocimiento oficial de la Lengua de Señas Peruana como medio de comunicación de las personas sordas en el Perú.
Ámbito de Aplicación: Nacional.
Secciones Principales del Reglamento
Reconocimiento Oficial
La Lengua de Señas Peruana es reconocida como lengua oficial para personas sordas en el territorio nacional.
Las entidades públicas y privadas deben garantizar su uso.
Derechos de las Personas Sordas:
Derecho a acceder a la educación, la justicia, los servicios de salud y otros ámbitos sociales en su lengua.
Derecho a intérpretes de lengua de señas en procesos administrativos y judiciales.
Intérpretes de Lengua de Señas:
Normas para la formación, certificación y regulación de intérpretes.
Creación de un registro nacional de intérpretes.
Obligaciones del Estado:
Promover y facilitar la enseñanza de la Lengua de Señas Peruana.
Fomentar la formación y capacitación de intérpretes profesionales.
Asegurar que la lengua de señas sea accesible en servicios públicos.
Instituciones Responsables:
Ministerio de Educación.
Ministerio de Cultura.
Ministerio de Salud.
Otras entidades públicas encargadas de asegurar la implementación de la ley.
Educación y Accesibilidad:
Programas de educación bilingüe para personas sordas (lengua de señas y español).
Inclusión de la lengua de señas en el sistema educativo.
Otros Aspectos Importantes:
Sanciones: Multas y sanciones para entidades que no cumplan con lo establecido en el reglamento.
Promoción Cultural: Iniciativas para promover el uso y visibilidad de la Lengua de Señas en los medios de comunicación y en la sociedad.