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Características del Estado dominicano , Referencias, Leomarys Paulino…
Características del Estado dominicano
Democracia representativa
Los mandatarios ejercen el poder y son elegidos a través del voto que es dado por los ciudadanos.
Poder judicial
Su función se basa en administrar la justicia, por medio de un tribunal y juzgados determinados por la ley. Este decide sobre los conflictos de las personas y sus derechos sean estos públicos o privados.
Poder legislativo
Estos crean las leyes, este es ejercido por el Congreso Nacional que está compuesto por la Cámara de Diputados y el Senado de la República.
Poder ejecutivo
Lo ejerce el presidente que es elegido por cuatro años y su función es hacer cumplir las leyes y representar a la nación.
Estado unitario
Tiene como propósito el desarrollo integral de sus ciudadanos, tomando en cuenta su identidad nacional, recursos naturales y valores culturales.
Se caracteriza por:
Las leyes son promulgadas públicamente, las cuáles son cumplidas por todas las personas por igual incluyendo al Estado.
Este tiene una única constitución, un gobierno centralizado, las regiones son administradas por representantes que dependen del poder central.
Está conformado por:
Según el articulo 12 de la constitución de 31 provincias y un Distrito Nacional en el cual hay gobernadores, senadores, alcaldes y demás que velan por los intereses del pueblo.
Valores
Unos de los fundamentos primordiales de la constitución del Estado dominicano es la dignidad humana, el cual es un valor que se relaciona con los derechos humanos.
Soberanía
Según el articulo 3 es un Estado independiente de toda potencia extranjera y toma sus decisiones de acuerdo a sus intereses.
Elementos constituidos
República Dominicana al igual que otros países cuenta con:
Territorio
La República Dominicana cuenta con un territorio en el cual se incluyen, sus islas adyacentes, espacio aéreo, el mar territorial. Según el artículo 9, la República Dominicana cuenta con un territorio intransferible.
Población
La población dominicana constituye una nación y su nacionalidad se puede adquirir (según el artículo 18) por descendencia familiar, el lugar de nacimiento, por opción, por matrimonio o por naturalización.
Referencias
https://www.dgcp.gob.do/transparencia/documentos/base_legal_institucional/Constituci%C3%B3n%20Dominicana%202015.pdf
Leomarys Paulino 20193-0282