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DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN - Coggle Diagram
DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
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PARTICIÓN DE BIENES
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División
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Si se produce por muerte de uno, los herederos reciben sus parte sobre la mitad de los gananciales del causante
Si los interesados son plenamente capaces, se aplica el convenio acordado
Derecho de perdirla
Disuelta la comunidad, se puede pedir la partición en todo tiempo
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CLAVES
PARTICIÓN
REGLA GENERAL
EXCEPCIÓN A LA REGLA
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art. 499, atribución preferencial
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art. 498, división
Si es ganancial, se divide 50/50
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DISOLUCIÓN
Cargas de la comunidad
el sostenimiento del hogar, de los hijos comunes y de los que cada uno tenga, y los alimentos que cada uno está obligado a dar
las donaciones de bienes gananciales hechas a los hijos comunes, y aun la de bienes propios si están destinados a sus establecimiento o colocación
las obligaciones contraídas durante la comunidad, no prevista en el art. siguiente
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Obligaciones personales
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las resultantes de garantías personales o reales dadas por uno de los cónyuges a un tercero, sin que de ellas derive beneficio para el patrimonio ganancial
las que gravan las herencias, legados o donaciones recibidas por uno de los cónyuges
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Liquidación
Efectuado el balance de las recompensas adeudadas, el saldo a favor de la comunidad debe colacionarlo a la masa común, y el saldo a favor del cónyuge le debe ser atribuido a este sobre la masa común
En caso de insuficiencia de la masa ganancial, en la partición se atribuye un crédito a un cónyuge contra el otro
Recompensas
Extinguida la comunidad, se procede a su liquidación.
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Valuación
los bienes que originan recompensa se valúan según su estado al día de la disolución del régimen y según su valor al tiempo de la liquidación
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