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CAPÍTULO III--- DE LOS…
CAPÍTULO III--- DE LOS INGRESOS POR ARRENDAMIENTO Y EN GENERAL POR OTORGAR EL USO O GOCE TEMPORAL DE BIENES INMUEBLES
Artículo 114
Se enfoca en los ingresos obtenidos por el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes inmuebles. Esto significa que cualquier persona física o moral que alquile o subarrende una propiedad, ya sea un departamento, una casa, un local comercial, o cualquier otro tipo de inmueble, deberá considerar estos ingresos para efectos fiscales.
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Artículo 116
Se enfoca principalmente en las obligaciones de los patrones (personas que pagan salarios) y en las facilidades para los trabajadores (personas que reciben salarios) en cuanto al cálculo y pago del impuesto sobre la renta.
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En resumen, el Artículo 116 establece las reglas básicas para:
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Artículo 115
es un apartado clave que regula diversos aspectos relacionados con los ingresos obtenidos por personas físicas a través de actividades empresariales al menudeo, prestación de servicios y, principalmente, por el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes inmuebles (es decir, arrendamientos).
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Régimen de contribuyentes menores: Establece los requisitos para que las personas físicas que inician actividades empresariales o de servicios puedan optar por un régimen simplificado de pago de impuestos.
Deducciones en arrendamientos: Para los contribuyentes que obtienen ingresos por arrendamientos, otorga la opción de deducir un porcentaje fijo de sus ingresos en lugar de detallar cada gasto relacionado con el inmueble.
Retenciones en pagos a arrendadores: Determina que las personas morales que realicen pagos a arrendadores deben retener un porcentaje del monto pagado y enterarlo al fisco.
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Artículo 118
Establece las obligaciones fiscales para aquellos contribuyentes que obtienen ingresos de ciertas actividades específicas.
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