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CAPITULO III NUTRICIÓN, CAPITULO II EDUCACIÓN PARA LA SALUD, image,…
CAPITULO III NUTRICIÓN
ARTÍCULO 115:La secretaría de salud tendrá a su cargo
I. Establecer vigilancia epidemiológica sobre los trastornos alimenticios
II. Normar el desarrollo de los programas y actividades de material educativo alimenticio (prevención, control y tratamiento), con el propósito de prevenir los malos hábitos.
III. Establecer lugares de operación y evaluación de servicios de nutrición.
IV. Normar el valor nutritivo en establecimientos, y alimentos.
V. Promover Investigaciones (Químicas, biológicas, sociales y económicas) .
VI. Recomendar dietas y proveer un habito de vida saludable.
VII. Establecer las necesidades nutrimentales( evitando productos nocivos para la salud).
IX: Impulsar con ayuda de entidades federativas, la prevención, control de (sobrepeso, obesidad y otras enfermedades de conducta alimentaria), para detectar, prevenir y dar seguimientos.
X. Difundir la alimentación nutritiva ( en ámbitos familiares, escolares y laborales).
XI. Eliminar con ayuda de la secretaria de Salud, alimentos, bebidas procesados en escuelas.
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Artículo 118. Corresponde a la Secretaría de Salud: (Determinar valores sobre contaminantes en el ambiente),(Emitir las normas oficiales a las que deben sujetarse el tratamiento de agua para uso y consumo)(establecer criterios sanitarios para la fijación en el tratamiento y uso de aguas residuales
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Artículo 117.- La formulación y conducción de la política de saneamiento ambiental corresponde a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en coordinación con la Secretaría de Salud, en lo referente a la salud humana.
Fracción reformada DOF 14-06-1991, 07-05-1997
para la fijación de las condiciones particulares de descarga, el
tratamiento y uso de aguas residuales o en su caso, para la elaboración de normas oficiales mexicanas
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Fracción reformada DOF 14-06-1991, 07-05-1997
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