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ESCUELA CLASICA - Coggle Diagram
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ESCUELA CLASICA
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La acción se entiende como una manifestación voluntaria que produce un cambio en el mundo exterior. El esquema clásico tiene un concepto causalista de la acción, enfocándose en la relación de causalidad entre la acción y el resultado
Principios Fundamentales
Centralidad de la ley natural: En el derecho penal, todo gira en torno a la ley natural, considerada el origen y fundamento del derecho, y derivada de la ley eterna, independiente de las leyes humanas.
Delito como infracción jurídica: El delito es visto como una infracción de la ley del Estado, que se manifiesta en un acto externo, moralmente imputable y socialmente dañoso.
Derecho natural: Se concibe el derecho como algo congénito al ser humano, dado por Dios, y no como un producto histórico, lo que genera un dualismo normativo entre derecho natural y derecho positivo.
Pena como reparación: La pena se entiende como una medida de reparación o compensación del daño causado, con un fin retributivo, es decir, quien comete un mal debe sufrir otro. Las medidas de seguridad para inimputables se consideran medidas policivas.
Método deductivo: Se parte de leyes abstractas generales y se aplican a casos particulares, lo que marca un tránsito del pensamiento mágico al abstracto en el derecho penal. Entre los axiomas mencionados están la existencia de una ley moral superior a las leyes positivas, un derecho natural por encima de la organización política, el principio de causalidad, la consideración del delito como un ente jurídico abstracto, y la concepción del hombre como un ser inteligente y libre.
Responsabilidad penal y libre albedrío: La responsabilidad penal se basa en el libre albedrío, implicando una responsabilidad moral. Para imputar una acción, deben cumplirse tres juicios: imputación física (causa material del hecho), imputación moral (voluntad inteligente y libre del individuo), e imputación legal (que el hecho esté prohibido por la ley). Solo después de estos juicios se determina la responsabilidad penal.