Luego de haber analizado en acápites anteriores aspectos relacionados con la medición de partidas en moneda de curso legal y en moneda extranjera, es de destacar que las partidas representativas del efectivo en la caja, valores a depositar o saldos en cuentas corrientes bancarias o de ahorro, en moneda de curso legal del país, se encuentran automáticamente medidas a su valor nominal o escrito, y luego de efectuados los ajustes pertinentes, generan resultados por exposición a la inflación/ deflación, si dichas situaciones se computan y no son ignoradas por el sistema contable. Tratándose de partidas en moneda extranjera, se miden a su cotización de cierre, destacándose que no generan resultados por exposición a la inflación/deflación, si ellas se computan, y que deberíamos determinar las diferencias de cambio en términos reales, es decir, despojadas del efecto de la inflación/deflación. Para ello debe compararse el saldo al inicio de la cuenta patrimonial en moneda extranjera, al cual se le adicionan los distintos movimientos -deudores y acreedores- (excepto las diferencias de cambio), todo ello en moneda de poder adquisitivo de cierre del período, frente a la medición de la cuenta patrimonial en moneda extranjera. Por diferencia se obtiene el resultado financiero en términos reales, es decir, la "diferencia de cambio despojada del efecto de la inflación/deflación". Se destaca que siempre que la tasa de inflación supere el aumento en la cotización de la divisa, la diferencia de cambio real será negativa, y en caso contrario, positiva.